Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2023064372)
Resolución de 8 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de planta de gestión de residuos no peligrosos, cuya promotora es Natuyser, SL, en el término municipal de Almendralejo (Badajoz).
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Martes 26 de diciembre de 2023

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11. M
 ientras los residuos se encuentren en la instalación industrial, la titular de ésta estará
obligada a mantenerlos en condiciones adecuadas de higiene y seguridad. En particular,
las condiciones de los almacenamientos deberán evitar el arrastre de los residuos por el
viento o cualquier otra pérdida de residuo o de componentes del mismo. A tal efecto, sin
perjuicio de otras medidas que se consideren convenientes:
a) Las condiciones de los almacenamientos deberán evitar el arrastre de los residuos/partículas por el viento o cualquier otra pérdida de residuo o de componentes del mismo.
Asimismo, deberán evitar la penetración de las aguas de lluvias.
b) Se almacenarán sobre solera impermeable, de fácil limpieza (sin grietas y con baja porosidad).
c) Para los residuos peligrosos se dispondrá de cubetos de retención o sistema equivalente, a fin de garantizar la contención de eventuales derrames. Dichos sistemas serán
independientes para aquellas tipologías de residuos cuya posible mezcla en caso de
derrame suponga aumento de su peligrosidad o mayor dificultad de gestión. Además,
los residuos peligrosos generados en las instalaciones deberán envasarse, etiquetarse
y almacenarse conforme a lo establecido en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y
suelos contaminados para una economía circular.
d) Los residuos líquidos o que generen lixiviados y los que contengan sustancias de alta volatilidad o pulverulentas, se almacenarán en depósitos estancos y cerrados, que impidan la
generación de lixiviados o las emisiones fugitivas de líquidos, gases o partículas, incluyendo
olores. Para el caso de residuos peligrosos, dichos depósitos deberán contar con doble pared
o ubicarse en un área que conduzca posibles derrames a arqueta de recogida estanca con
capacidad para el mayor de los depósitos o ubicarse en el interior de cubetos de retención.
e) D
 eberán habilitarse las correspondientes áreas de almacenamiento de los residuos en
función de su tipología, clasificación y compatibilidad.
f) El diseño y construcción del resto de características del almacenamiento deberá cumplir
cuanta prescripción técnica y condición de seguridad establezca la normativa vigente en
la materia.
12. C
 omo medida de prevención, se maximizará la distancia entre los almacenamientos de los
residuos que presenten incompatibilidad química y física.
13. L
 os residuos de papel y cartón y de plásticos valorizados se almacenarán de manera separada en los lugares habilitado para ello según la tabla siguiente. Estos almacenamientos
no deberán superar los 2 metros de altura y estarán lo suficientemente alejadas de los