Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2023064380)
Resolución de 8 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de planta de fabricación y reparación de palés y gestión de residuos no peligrosos, cuya promotora es Natuyser, SL, en el término municipal de Badajoz.
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NÚMERO 245
Martes 26 de diciembre de 2023

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3. P
 ara el foco 1 se adoptarán la siguiente medida correctora:
a) Se dotará la instalación y a los equipos de difusores de agua suficientes para que se cree
una atmósfera que no permita el paso de partículas sólidas a las parcelas colindantes.
b) El transporte del material en los camiones se realizará cubriendo la caja con una malla
tupida que evite el levantamiento de polvo.
c) La maquinaria no superará los 30 km/h con el fin de minimizar la puesta en suspensión
de partículas en la atmósfera.
d) En caso necesario, se extenderá y compactará material granular sobre la zona de tránsito.
e) N
 o se realizarán acopios con alturas que superen la altura del cerramiento exterior de
la instalación. La altura máxima de los acopios será de 2 metros. El cerramiento será de
obra civil o de algún material que no deje pasar el polvo a su través. Este tendrá una
altura de 3 metros formada por bloques de hormigón más 1,3 metros de malla en la
parte superior para evitar el arrastre de materiales por el viento a parcelas colindantes.
f) Los acopios se ubicarán en los lugares más protegidos del viento o con medidas para
protegerlos del viento y con una separación suficiente de los límites de la instalación.
g) No se realizarán acopios con alturas que superen la altura del cerramiento exterior de la
instalación, no pudiendo superar los acopios, en ningún caso, los 2 metros de altura. El
cerramiento deberá ser de un material que evite el arrastre de materiales por el viento
a parcelas colindantes y el paso del polvo.
h) L
 a altura del cerramiento exterior deberá superar en al menos 0,5 metros la altura de
los acopios, a esto habrá que añadirle 0,5 metros de altura de malla para evitar volados.
Los almacenamientos susceptibles de ser arrastrados por el viento, se apilarán hasta
una altura no superior a 2 metros, siendo esta altura inferior a la altura del cerramiento
exterior y en caso necesario se taparán con lonas o medidas de similar eficacia. El cerramiento exterior será de un material que evite el paso a su través de partículas.
4. L
 os acopios, cuya altura se ha descrito anteriormente, se ubicarán en los lugares más
protegidos del viento o con medidas para protegerlos del viento, y con una separación suficiente de los límites de la instalación. En caso de ser necesario se dispondrá de equipos
difusores de agua para evitar el polvo.
5. E
 l equipo de prensado deberá instalarse en el interior de nave cerrada. Las cintas trasportadoras serán cerradas, y en caso de ser necesario se podrá imponer como medida