Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Servicios Sociales. Subvenciones. (2023064401)
Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan las subvenciones a otorgar por la Consejería de Salud y Servicios Sociales dirigidas a entidades privadas sin ánimo de lucro, para la realización de proyectos de atención a personas con deterioro cognitivo para el año 2024.
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Martes 26 de diciembre de 2023

tas con motivo de la concesión, en el caso de la modalidad B, además, y no obstante lo dispuesto en el artículo 43 de esa misma norma, si la media de usuarios de una entidad al final
de la anualidad es inferior al rango conforme al cual ha obtenido subvención por este concepto
se procederá al reintegro parcial de la subvención percibida que se calculará como la diferencia entre la cuantía de la subvención así concedida y la que le correspondería por la media de
ocupación efectiva de usuarios del centro, sin que el mismo afecte a la parte de la subvención
correspondiente a la puntuación obtenida en aplicación de los criterios de valoración.
Décimo séptimo. Efectos.
La presente resolución producirá efectos desde el día siguiente a su publicación simultánea con
la del extracto al que se refiere el artículo 16. q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el Diario Oficial de Extremadura.
Contra la presente resolución de convocatoria que no pone fin a la vía administrativa podrá
interponerse recurso de alzada ante la Secretaria General de la Consejería de Salud y Servicios Sociales o ante el titular de la Consejería de Salud y Servicios Sociales, órgano competente para resolver el mismo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su
publicación en el Diario Oficial de Extremadura, según lo previsto en el artículo 101 de la Ley
1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Mérida, 5 de diciembre de 2023.
La Secretaria General de la Consejería
de Salud y Servicios Sociales,
MARÍA DEL PILAR NOGALES PEROGIL