Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2023064405)
Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a financiar planes de formación dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente al ejercicio 2024.
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NÚMERO 245
Martes 26 de diciembre de 2023

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3. T
 ampoco podrán acceder a la condición de beneficiarias de las subvenciones las entidades
a las que se haya impuesto, mediante resolución firme, una sanción por infracción grave
y/o muy grave en materia de formación profesional para el empleo, que conlleve la sanción
accesoria de exclusión del acceso a subvenciones y ayudas, de acuerdo con lo establecido
en el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado
por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
4. C
 on arreglo a lo previsto en el artículo 12.7 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, la justificación por las entidades solicitantes del cumplimiento de los requisitos para acceder a
la condición de beneficiarias a que hacen mención los apartados anteriores, se realizará
mediante una declaración responsable dirigida al órgano concedente de las subvenciones y
que se incluirá en el modelo de solicitud.
Cuarto. Financiación.
1. E
 l importe total de la convocatoria asciende a 200.000,00 euros, con cargo a los créditos
del ejercicio 2024 autorizados en la aplicación presupuestaria 130080000G/242B/48000,
en el proyecto de gastos 20210476 “Acciones de formación profesional para el empleo relacionadas con la negociación colectiva y el diálogo social”, con fuente de financiación de
transferencias del Estado, con el siguiente desglose por tipo de planes de formación:
a) 80 por ciento para las subvenciones destinadas a la financiación de los planes de formación previstos en el artículo 4.1 a) de la Orden de 16 de noviembre de 2021, compuestos por actividades formativas dirigidas a la capacitación para el desarrollo de las
funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Extremadura: 160.000,00 euros.
b) 20 por ciento para las subvenciones destinadas a la financiación de planes de formación
previstos en el artículo 4.1 b) de la Orden de 16 de noviembre de 2021, compuestos
por actividades formativas dirigidas a la capacitación para el desarrollo de las funciones
relacionadas con la negociación colectiva en el ámbito de la Comunidad Autónoma de
Extremadura: 40.000,00 euros.
2. D
 entro de los tipos de planes de formación previstos en el artículo 4.1 a), se destinará el
50 por ciento de los fondos disponibles para la financiación de planes presentados por las
organizaciones sindicales y el 50 por ciento restante a los presentados por organizaciones
empresariales.
3. E
 n el supuesto de que la financiación correspondiente a alguno de los tipos de planes de
formación no se aplicase en su totalidad, la cuantía no aplicada se podrá destinar a incrementar la correspondiente al otro tipo de planes de formación, sin necesidad de aprobar