Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2023064405)
Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a financiar planes de formación dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente al ejercicio 2024.
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NÚMERO 245
Martes 26 de diciembre de 2023

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Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, así como en la Base de
Datos Nacional de Subvenciones conforme a lo establecido en el artículo 20.8.b) de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
6. U
 na vez dictada y notificada la resolución de concesión, la entidad beneficiaria podrá solicitar su modificación, de acuerdo con el régimen establecido en el artículo 20 de la Orden
de 16 de noviembre de 2021.
En el supuesto de modificación de la resolución de concesión, la resolución que se dicte al
efecto será notificada de forma individual a las entidades afectadas.
Decimoctavo. Plazo de ejecución de los planes de formación.
Los planes de formación que se financien al amparo de la presente convocatoria deberán
ejecutarse dentro del periodo comprendido entre el día de notificación de la resolución de
concesión de la subvención y el día 31 de octubre de 2024, ambos inclusive.
Decimonoveno. Pago y justificación de la subvención.
1. El pago de la subvención se hará efectivo de la siguiente manera:
a) Un primer pago anticipado del 60 por ciento de la subvención concedida, una vez notificada la resolución de concesión a la entidad beneficiaria y acreditado el inicio de la
actividad subvencionable.
A efectos de lo anterior, se considerará como inicio de la actividad subvencionable el
inicio de cualquiera de las actividades previstas en el plan de formación subvencionado
o de alguna de las siguientes actuaciones dirigidas a la puesta en marcha del citado
plan:


a) Realización de publicidad dirigida a la captación de participantes.



b) Realización de publicidad sobre el inicio y/o contenido de las jornadas, seminarios, conferencias, encuentros, foros o talleres que vayan a realizarse en el plan
de formación.



c) Puesta a disposición de aulas y medios materiales necesarios para realizar las
actividades subvencionables.

La acreditación de la realización de estas actuaciones se efectuará mediante declaración
responsable de la entidad beneficiaria, acompañada de la documentación justificativa del
contenido de la actuación (folletos publicitarios, información en páginas web, informa-