Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023064327)
Resolución de 8 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Concesión de aguas subterráneas para puesta en riego de 44 hectáreas de pistachos", cuyo promotor es Francisco Dorado de la Riva, en el término municipal de Llerena (Badajoz). Expte.: IA20/1462.
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NÚMERO 244
Viernes 22 de diciembre de 2023

65002

gún establece si disposición transitoria primera, ámbito territorial en el que se incluye el
término municipal de Llerena, que establecerá una nueva regulación cuando se apruebe
definitivamente.
— El Servicio de Infraestructuras del Medio Rural de la Secretaría General de Población y
Desarrollo Rural informa que, una vez estudiada la documentación aportada, el proyecto
no afecta a ninguna de las vías pecuarias existentes en el término municipal de Llerena.
— La Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural señala que no se ha
recibido en esa Dirección General, por parte del equipo redactor del proyecto, consultas
sobre los posibles valores patrimoniales existentes en el área de afección del mismo, ni
la documentación aportada contiene ninguna valoración y análisis sobre al patrimonio
cultural que pudiera verse afectado por la implantación, no identificando posibles impactos potenciales. Dada la amplitud de la explotación, más de 40 ha, la presencia próxima
de los yacimientos “La Perulera” (YAC120232) y “Dehesa de la Vaca” (YAC66505), y de
cara a caracterizar posibles afecciones del proyecto sobre el patrimonio arqueológico no
detectado en superficie, que pudiera verse afectado durante el transcurso de las obras,
se deberán llevar a cabo, con carácter previo a la ejecución de las obras, las siguientes
medidas preventivas:


• Realización de una prospección arqueológica superficial con carácter intensivo, por
equipo técnico especializado, en toda la superficie de la parcela afectada, así como
en áreas de servidumbres, zonas de paso para maquinaria, acopios y préstamos para
localizar, delimitar y caracterizar los yacimientos arqueológicos, paleontológicos o elementos etnográficos que pudieran localizarse a tenor de estos trabajos, siguiendo los
criterios metodológicos estipulados a tales efectos. La finalidad de estas actuaciones
previas será determinar, con el mayor rigor posible la afección del proyecto respecto
a los elementos patrimoniales detectados.



• Una vez realizada esta prospección arqueológica será remitido informe técnico preceptivo a la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural con copia, en su caso, al organismo que tuviera delegada esas competencias en función del
ámbito de actuación de la actividad. En el caso de que estos trabajos confirmaran la
existencia de restos arqueológicos que pudieran verse afectados por las actuaciones
derivadas del proyecto de referencia, el informe incluirá obligatoriamente una primera
aproximación cronocultural de los restos localizados y se definirá la extensión máxima
del yacimiento en superficie.



• Una vez recibido el informe señalado en el apartado anterior, se cursará, si procede,
visita de evaluación con carácter previo y con posterioridad se emitirá el preceptivo