Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023064307)
Resolución de 14 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda y la Mancomunidad de Servicios Cíjara y Mancomunidad de Municipios Siberia para el funcionamiento y mantenimiento de una Oficina Técnica de Urbanismo y Desarrollo Territorial Sostenible.
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NÚMERO 244
Viernes 22 de diciembre de 2023
64852
presupuestaria 12.007.262A.460.00 con fuente de financiación de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. A
mbas Mancomunidades aportan a la financiación del presente convenio la cantidad de
dos mil trescientos veinticinco euros con ocho céntimos (2.325,08 €), con cargo a los
Presupuestos de las mismas para el año 2023. Dicha cantidad corresponde a la diferencia hasta alcanzar el importe total de cofinanciación del presente convenio de ciento
cuatro mil trecientos veinticinco euros con ocho céntimos (104.325,08 euros).
Octava. Pago y justificación.
1. E
l pago de la aportación de la Consejería para la financiación del convenio se realizará a la
Mancomunidad en la forma prevista en los apartados siguientes:
a) Un primer abono de un 50% de la cantidad aportada por la Consejería al convenio se
realizará a la firma del mismo.
b) Un segundo abono de un 25% de la cantidad aportada por la Consejería al convenio,
previa presentación por la Mancomunidad de los justificantes que acrediten que se han
realizado gastos por cantidad igual o superior al 25% de la aportación total realizada
por esta Consejería.
c) Un tercer y último abono de un 25% de la cantidad aportada por la Consejería al convenio, que se realizará en el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2023 y el
31 de diciembre de 2023, previa justificación por la Mancomunidad de gastos y pagos
correspondientes, siempre que a la fecha de la justificación, los gastos acumulados alcancen el 50% del importe total de la cofinanciación autonómica al presente convenio,
y que deberá presentarse hasta el 1 de marzo de 2024, inclusive.
Se establece como fecha máxima para la presentación de los justificantes acreditativos de
los gastos realizados por la Mancomunidad, el 1 de marzo de 2024, incluido éste.
Las Mancomunidades están exentas de la obligación de constituir garantía por los citados pagos anticipados conforme dispone la disposición adicional cuarta letra b) de la Ley
5/2007, de 19 de Abril, General de Hacienda Pública de Extremadura.
Las Mancomunidades asumirán cuantos costes de personal y gastos excedan de la aportación realizada por la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. L
os gastos y pagos realizados por las Mancomunidades para el funcionamiento y mantenimiento de la OTUDTS se justificarán mediante la presentación de certificación expedida por
la persona titular de la Secretaría – Intervención de la Mancomunidad de Servicios Cíjara
y los justificantes acreditativos.
Viernes 22 de diciembre de 2023
64852
presupuestaria 12.007.262A.460.00 con fuente de financiación de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. A
mbas Mancomunidades aportan a la financiación del presente convenio la cantidad de
dos mil trescientos veinticinco euros con ocho céntimos (2.325,08 €), con cargo a los
Presupuestos de las mismas para el año 2023. Dicha cantidad corresponde a la diferencia hasta alcanzar el importe total de cofinanciación del presente convenio de ciento
cuatro mil trecientos veinticinco euros con ocho céntimos (104.325,08 euros).
Octava. Pago y justificación.
1. E
l pago de la aportación de la Consejería para la financiación del convenio se realizará a la
Mancomunidad en la forma prevista en los apartados siguientes:
a) Un primer abono de un 50% de la cantidad aportada por la Consejería al convenio se
realizará a la firma del mismo.
b) Un segundo abono de un 25% de la cantidad aportada por la Consejería al convenio,
previa presentación por la Mancomunidad de los justificantes que acrediten que se han
realizado gastos por cantidad igual o superior al 25% de la aportación total realizada
por esta Consejería.
c) Un tercer y último abono de un 25% de la cantidad aportada por la Consejería al convenio, que se realizará en el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2023 y el
31 de diciembre de 2023, previa justificación por la Mancomunidad de gastos y pagos
correspondientes, siempre que a la fecha de la justificación, los gastos acumulados alcancen el 50% del importe total de la cofinanciación autonómica al presente convenio,
y que deberá presentarse hasta el 1 de marzo de 2024, inclusive.
Se establece como fecha máxima para la presentación de los justificantes acreditativos de
los gastos realizados por la Mancomunidad, el 1 de marzo de 2024, incluido éste.
Las Mancomunidades están exentas de la obligación de constituir garantía por los citados pagos anticipados conforme dispone la disposición adicional cuarta letra b) de la Ley
5/2007, de 19 de Abril, General de Hacienda Pública de Extremadura.
Las Mancomunidades asumirán cuantos costes de personal y gastos excedan de la aportación realizada por la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. L
os gastos y pagos realizados por las Mancomunidades para el funcionamiento y mantenimiento de la OTUDTS se justificarán mediante la presentación de certificación expedida por
la persona titular de la Secretaría – Intervención de la Mancomunidad de Servicios Cíjara
y los justificantes acreditativos.