Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023064313)
Resolución de 14 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda y la Mancomunidad Intermunicipal de La Vera para el funcionamiento y mantenimiento de una Oficina Técnica de Urbanismo y Desarrollo Territorial Sostenible.
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NÚMERO 244
Viernes 22 de diciembre de 2023

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se aprueba el Reglamento General de la Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible
de Extremadura).
El desarrollo de las actuaciones se llevará cabo mediante el funcionamiento y mantenimiento
de una OTUDTS dedicada al desarrollo de las competencias mencionadas, que prestará servicio a los municipios de la Mancomunidad adheridos al mismo, constituyendo este objeto una
finalidad pública.
Segunda. Ámbito territorial.
El ámbito territorial afectado por el presente convenio quedará conformado por los municipios, entidades locales menores y pedanías que se relacionan a continuación y que van a
recibir el servicio a prestar por la OTUDTS:
Municipios, ELM y
pedanías:

Aldeanueva de la Vera, Arroyomolinos de la Vera, Collado de la Vera, Cuacos de
Yuste, Garganta la Olla, Gargüera, Guijo de Santa Bárbara, Jaraíz de la Vera,
Jarandilla de la Vera, Losar de la Vera, Madrigal de la Vera, Pasarón de la Vera,
Robledillo de la Vera, Talaveruela de la Vera, Tejeda de Tiétar, Torremenga de la
Vera, Valverde de la Vera, Viandar de la Vera y Villanueva de la Vera

Mediante adenda al presente Convenio y con la conformidad de todas las partes intervinientes, podrán adherirse o excluirse los municipios, entidades locales menores o pedanías que,
perteneciendo a la Mancomunidad, así lo soliciten.
De manera excepcional, podrá solicitar la adhesión al presente Convenio algún municipio,
entidad local menor o pedanía que aún no estando mancomunado desee recibir el servicio a
prestar por la OTUDTS, reflejándose en el acuerdo de adhesión las condiciones para la prestación del mismo, que en ningún caso podrá suponer un perjuicio o retrasos en el servicio a
prestar por la oficina.
Las entidades que se adhieran asumirán todas las obligaciones establecidas en el presente
convenio.
Tercera. Obligaciones y funciones de la OTUDTS y de la Mancomunidad.
Para el cumplimiento del objeto del presente convenio la OTUDTS tendrá las siguientes funciones y obligaciones en materia de Urbanismo y Ordenación del Territorio:
1. P
 restar asistencia técnica y jurídica a los municipios en materias relacionadas con la ordenación, gestión y disciplina urbanística y territorial, vivienda, habitabilidad, accesibilidad y
movilidad, así como la resolución de cuantas consultas en la materia le fueren formuladas.
Todo ello en coordinación con la labor que desarrollen los técnicos municipales que pudieran tener los propios Ayuntamientos.