Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023064313)
Resolución de 14 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda y la Mancomunidad Intermunicipal de La Vera para el funcionamiento y mantenimiento de una Oficina Técnica de Urbanismo y Desarrollo Territorial Sostenible.
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NÚMERO 244
Viernes 22 de diciembre de 2023

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c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos previstos en el presente convenio.
Para la exigencia del reintegro se estará a lo dispuesto en la Ley 5/2007, de 19 de abril,
General de Hacienda Pública de Extremadura y demás normativa que le sea de aplicación
en virtud de la materia.
No obstante lo anterior, si cuando concurra cualquiera de las causas de resolución del convenio existen actuaciones en curso de ejecución, las partes, a propuesta de la Dirección
General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana como responsable del
segui­miento, vigilancia y control o, en su caso, de la comisión de seguimiento del convenio,
podrán acordar la continuación y finalización de las actuaciones en curso que consideren
oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización, transcurrido el cual
deberá realizarse la liquidación de las mismas en los términos establecidos en los apartados anteriores.
Decimocuarta. Régimen jurídico.
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, no contractual, y en lo no dispuesto en
el mismo se estará a lo previsto en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de
1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Las partes se comprometen a resolver
de manera amistosa las discrepancias que pudieran surgir sobre la interpretación, desarrollo,
modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente Convenio. Las cuestiones litigiosas que en la ejecución y cumplimiento pudieran aparecer y no
quedasen, se someterán a la Jurisdicción Contencioso – Administrativa, de conformidad con
lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la citada jurisdicción.
Decimoquinta. Publicidad y transparencia.
El presente Convenio está sujeto a la obligación prevista en el artículo 10 de la Ley 4/2013, de
21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura en lo relativo a la publicación del convenio
en el Diario Oficial de Extremadura. Además, será objeto de la inscripción en el Registro de
Convenios.
Igualmente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, y en el artículo
10 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, la formalización
del presente Convenio será objeto de difusión electrónica a través del Portal Electrónico de la
Transparencia de la Junta de Extremadura.