Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023064187)
Resolución de 8 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de explotación porcina, cuya promotora es La Serrana, TCEA, en el término municipal de Azuaga. Expte.: IA23/0855.
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NÚMERO 240
Lunes 18 de diciembre de 2023
63783
3. A
nálisis de expediente.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la
necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria previsto en la subsección 1.ª de la sección 2.ª del capítulo VII del título I,
según los criterios del anexo X, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3.1. C
aracterísticas del proyecto.
El proyecto consiste en la ampliación de una explotación porcina en régimen extensivo con
una capacidad para 1.919 cerdos de cebo.
La industria estaba ubicada en las parcelas 21, 22, 24, 25, 26, 27, 39 y 41 del polígono 78
y parcelas 2 y 3 del polígono 77 del término municipal de Azuaga (Badajoz). La superficie
de la finca que ocupa estas parcelas es de 307,05 ha. Las coordenadas UTM referidas a la
Zona 29 ETRS89 son las siguientes: X: 785839.01 Y: 4234835.98.
Las naves proyectadas se emplazan en la parcela 26 del polígono 78 del término municipal
de Azuaga (Badajoz).
Para el desarrollo de la actividad, la explotación dispondrá de cuatro naves existentes para
el secuestro de los animales.
La ocupación del suelo por parte de la actividad se limita a la superficie ocupada por las
naves, corral de manejo, patios de ejercicio o cercas de aclimatación e instalaciones auxiliares, así como el ocupado durante la fase de construcción de las infraestructuras necesarias y funcionamiento por los vehículos que entren y salgan de la parcela.
Los residuos generados durante el funcionamiento de la explotación porcina, según el
documento ambiental aportado, serán principalmente cadáveres de animales y residuos
zoosanitarios.
Los estiércoles y purines serán aplicados como abono orgánico en una serie de parcelas
acreditadas por el titular.
La explotación porcina dispondrá de sistemas estancos e impermeables para la retención y
almacenamiento de estiércoles, lixiviados y aguas de limpieza generadas por la actividad.
Para ello contará con un estercolero y balsas impermeabilizadas de capacidad suficiente.
El agua requerida por la explotación porcina será la necesaria para el consumo de los animales y para la limpieza de las instalaciones, proviniendo la misma de un pozo.
Lunes 18 de diciembre de 2023
63783
3. A
nálisis de expediente.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la
necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria previsto en la subsección 1.ª de la sección 2.ª del capítulo VII del título I,
según los criterios del anexo X, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3.1. C
aracterísticas del proyecto.
El proyecto consiste en la ampliación de una explotación porcina en régimen extensivo con
una capacidad para 1.919 cerdos de cebo.
La industria estaba ubicada en las parcelas 21, 22, 24, 25, 26, 27, 39 y 41 del polígono 78
y parcelas 2 y 3 del polígono 77 del término municipal de Azuaga (Badajoz). La superficie
de la finca que ocupa estas parcelas es de 307,05 ha. Las coordenadas UTM referidas a la
Zona 29 ETRS89 son las siguientes: X: 785839.01 Y: 4234835.98.
Las naves proyectadas se emplazan en la parcela 26 del polígono 78 del término municipal
de Azuaga (Badajoz).
Para el desarrollo de la actividad, la explotación dispondrá de cuatro naves existentes para
el secuestro de los animales.
La ocupación del suelo por parte de la actividad se limita a la superficie ocupada por las
naves, corral de manejo, patios de ejercicio o cercas de aclimatación e instalaciones auxiliares, así como el ocupado durante la fase de construcción de las infraestructuras necesarias y funcionamiento por los vehículos que entren y salgan de la parcela.
Los residuos generados durante el funcionamiento de la explotación porcina, según el
documento ambiental aportado, serán principalmente cadáveres de animales y residuos
zoosanitarios.
Los estiércoles y purines serán aplicados como abono orgánico en una serie de parcelas
acreditadas por el titular.
La explotación porcina dispondrá de sistemas estancos e impermeables para la retención y
almacenamiento de estiércoles, lixiviados y aguas de limpieza generadas por la actividad.
Para ello contará con un estercolero y balsas impermeabilizadas de capacidad suficiente.
El agua requerida por la explotación porcina será la necesaria para el consumo de los animales y para la limpieza de las instalaciones, proviniendo la misma de un pozo.