Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023064204)
Resolución de 7 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura y la Diputación Provincial de Badajoz para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en Destino denominado "Paisaje Cultural La Serena" financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea Next-GenerationEU".
72 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 240
Lunes 18 de diciembre de 2023

63688

Además, se pondrá el presente Convenio a disposición de la ciudadanía en el correspondiente
Portal de Transparencia de ambas administraciones intervinientes, en aplicación a lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la
información pública y buen gobierno, y demás normativa de desarrollo de la misma.
Así mismo, el presente Convenio, una vez suscrito, se inscribirá en el Registro General de
Convenios de la Comunidad Autónoma de Extremadura (artículo 6 del Decreto 217/2013, de
19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura); y, será publicado en el Diario Oficial de Extremadura en los términos establecidos en el artículo 10 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de
Gobierno Abierto de Extremadura, en el artículo 8 del Decreto 217/2013 (artículo 50 de la Ley
3/2016, de 7 de abril y el artículo. 9 del Decreto 99/2016, de 5 de julio).
Decimocuarta. Responsabilidad patrimonial.
De conformidad con los previsto en el Capítulo IV del Título Preliminar de la mencionada Ley
40/2015, de 1 de octubre, si de la ejecución de las actuaciones derivadas del presente Convenio se produjeran lesiones en los bienes y derechos de los particulares, la responsabilidad
patrimonial a que, en su caso, dieren lugar será de la Diputación Provincial de Badajoz.
Decimoquinta. Incumplimiento y reintegro.
1. E
 n caso de incumplimiento por alguna de las partes de las obligaciones y compromisos
asumidos, la otra parte podrá requerir el correcto cumplimiento en el plazo de un mes,
conforme a lo previsto en el artículo 51.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. Si persistiere el incumplimiento, transcurrido el plazo indicado en el requerimiento, se entenderá
resuelto el Convenio.
2. L
 a Diputación Provincial de Badajoz se compromete al mantenimiento, en todo momento,
de las finalidades que persigue este Convenio, incluso tras la finalización de su vigencia
temporal, a cuyo amparo se realizan las actuaciones concretas e inversiones prevista en
el mismo.
3. S
 erán causas de reintegro los siguientes hechos:
— El incumplimiento del deber de mantenimiento, así como el abandono o incumplimiento
del fin o fines para los cuales se efectuaron las inversiones acordadas durante el plazo de vigencia del PSTD y en el transcurso de cinco años a partir de la conclusión del
mismo. Dará lugar al reintegro de las aportaciones efectuadas, con el correspondiente
interés de demora aplicable.