Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023064204)
Resolución de 7 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura y la Diputación Provincial de Badajoz para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en Destino denominado "Paisaje Cultural La Serena" financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea Next-GenerationEU".
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NÚMERO 240
Lunes 18 de diciembre de 2023
63677
f. E
valuar el cumplimiento del compromiso de etiquetado verde y digital.
En aplicación del principio de “no causar daño significativo” (principio do no significant harm-DNSH), de acuerdo con lo previsto en el Plan de Recuperación, y por el
Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero
de 2021, se respetará la normativa medioambiental aplicable, incluido el Reglamento
(UE) 2020/582, del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por
el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088, así como la Guía Técnica de la
Comisión Europea (2021/C 58/01) sobre la aplicación de este principio de “no causar
daño significativo”. Se respetarán los procedimientos de evaluación ambiental, cuando sean de aplicación conforme a la legislación vigente, así como otras evaluaciones de repercusiones que pudieran resultar de aplicación en virtud de la legislación
medioambiental.
Se deberá aportar justificación del cumplimiento del principio DNSH mediante una
evaluación favorable de adecuación al principio de DNSH o, en su caso, una declaración responsable del cumplimiento del mismo, conforme al anexo VI.
g. C
umplir con la normativa nacional y europea relativa a la compatibilidad con el régimen de ayudas del Estado y prevención de la doble financiación, de acuerdo con lo
previsto en el artículo 7 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
La entidad local deberá prestar garantía de la ausencia de doble financiación, de
conformidad con el anexo VII.
h. Remitir a la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes cuanta información
fuera necesaria o requerida sobre la gestión, ejecución y control de las actuaciones
realizadas en el marco de este Convenio mediante la formalización de los informes
preceptivos, para comprobar la evolución del gasto realizado, el cumplimiento de los
hitos y objetivos marcados y la adecuación de los proyectos del PSTD.
i. Antes del día 5 de cada mes, con carácter obligatorio, la Diputación Provincial trasladará a la Dirección General de Turismo informe sobre el cumplimiento de los hitos y
objetivos marcados conforme a los indicadores de seguimiento y evaluación establecidos, a través de la aplicación CoFFEE.
j. Custodiar y conservar toda la documentación original, justificativa de aplicación de
los fondos recibidos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación
y control (en formato electrónico).
Lunes 18 de diciembre de 2023
63677
f. E
valuar el cumplimiento del compromiso de etiquetado verde y digital.
En aplicación del principio de “no causar daño significativo” (principio do no significant harm-DNSH), de acuerdo con lo previsto en el Plan de Recuperación, y por el
Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero
de 2021, se respetará la normativa medioambiental aplicable, incluido el Reglamento
(UE) 2020/582, del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por
el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088, así como la Guía Técnica de la
Comisión Europea (2021/C 58/01) sobre la aplicación de este principio de “no causar
daño significativo”. Se respetarán los procedimientos de evaluación ambiental, cuando sean de aplicación conforme a la legislación vigente, así como otras evaluaciones de repercusiones que pudieran resultar de aplicación en virtud de la legislación
medioambiental.
Se deberá aportar justificación del cumplimiento del principio DNSH mediante una
evaluación favorable de adecuación al principio de DNSH o, en su caso, una declaración responsable del cumplimiento del mismo, conforme al anexo VI.
g. C
umplir con la normativa nacional y europea relativa a la compatibilidad con el régimen de ayudas del Estado y prevención de la doble financiación, de acuerdo con lo
previsto en el artículo 7 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
La entidad local deberá prestar garantía de la ausencia de doble financiación, de
conformidad con el anexo VII.
h. Remitir a la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes cuanta información
fuera necesaria o requerida sobre la gestión, ejecución y control de las actuaciones
realizadas en el marco de este Convenio mediante la formalización de los informes
preceptivos, para comprobar la evolución del gasto realizado, el cumplimiento de los
hitos y objetivos marcados y la adecuación de los proyectos del PSTD.
i. Antes del día 5 de cada mes, con carácter obligatorio, la Diputación Provincial trasladará a la Dirección General de Turismo informe sobre el cumplimiento de los hitos y
objetivos marcados conforme a los indicadores de seguimiento y evaluación establecidos, a través de la aplicación CoFFEE.
j. Custodiar y conservar toda la documentación original, justificativa de aplicación de
los fondos recibidos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación
y control (en formato electrónico).