Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023064163)
Resolución de 13 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Legalización de dos balsas de evaporación de efluentes líquidos" cuya promotora es la S. Coop. Ntra. Sra. de la Cabeza, en el término municipal de Fuente del Maestre (Badajoz). Expte.: IA18/1614 de AAU13/039.
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 238

63117

Jueves 14 de diciembre de 2023

Relación de organismos y entidades consultados

Respuestas recibidas

Servicio de infraestructuras rurales

X

Asociación para la defensa de la naturaleza y de los recursos de
Extremadura (ADENEX)

-

Sociedad española de ornitología, SEO BIRD/LIFE

-

Acción por el Mundo Salvaje (AMUS)

-

Greenpeace

-

Fundación Hombre y Naturaleza

-

A continuación, se resume el contenido principal de los informes recibidos:
— Con fecha 13 de junio de 2023, la Sección de Vías Pecuarias del Servicio de Infraestructuras Rurales informa que no hay afección a ninguna de las vías pecuarias que discurren
por el citado término municipal.
— Con fecha 14 de junio de 2023, el Ayuntamiento de Fuente del Maestre (Badajoz) comunica que dicha actividad actividad es viable, dejando constancia que la legalización
de dichas balsas está sujetas a Licencia urbanística y se deben definir técnica y económicamente el coste de las dos balsas, no solo la de nueva construcción.
— Con fecha 14 de Julio de 2023, se recibe informe de la Confederación Hidrográfica del
Guadiana (CHG) en el que a continuación se procede a resumir:


• Cauce, zona de servidumbre, zona de policía y zonas inundables: El cauce más cercano es el arroyo de la Charca a unos 250 metros al SO de la ubicación de las balsas,
por lo que no se prevé afección física alguna a cauces que constituyan el DPH del
Estado, definido en el artículo 2 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas (TRLA), ni a las zonas de
servidumbre y policía.



• Consumo de agua: A pesar de que la documentación aportada no lo indica expresamente, dada la naturaleza del proyecto, es de suponer que la actuación no requiere
agua para su funcionamiento.



• Vertidos al DPH: El almacenamiento de residuos líquidos en balsas acondicionadas
para ello, que tengan como objeto la eliminación adecuada de dichos residuos líquidos mediante su evaporación natural, sin que se produzca infiltración en el terreno,