Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2023AC0090)
Acuerdo de 27 de abril de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva del Plan General Municipal de Fuente del Maestre.
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NÚMERO 237

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Miércoles 13 de diciembre de 2023


Cuando no se disponga de la anchura mínima de quinientos veinte centímetros (520 cm) para colocar los
servicios como se indica, se situarán éstos en las dos aceras procurando respetar las distancias y
posiciones relativas indicadas en dicho esquema y teniendo en cuenta las observaciones que se indican, a
continuación, para cada servicio (debiéndose corroborar en cada proyecto estas prescripciones por las
compañías suministradoras.
I.

RED DE DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA

II.

A.

Los conductores de baja tensión (BT) se instalarán a una profundidad mínima de ochenta
(80) centímetros.

B.

Los conductores de media y alta tensión (MT/AT) se instalarán a una profundidad mínima
de noventa (90) centímetros.

C.

Los conductores de baja tensión se situarán a menor profundidad que los de media o alta
tensión.

D.

La separación entre conductores eléctricos y una segunda canalización de servicios, se
ajustará a los valores que se indican en el Cuadro nº 1.

RED DE DISTRIBUCIÓN DE GAS

III.

A.

Las tuberías de gas se colocarán siempre por encima de cualquier servicio canalizado,
preferentemente lejos de arquetas y lo más retirado posible de la canalización de
semáforos.

B.

La profundidad de la tubería de gas debe permitir el desagüe a la red de alcantarillado.
Esta será como mínimo de sesenta (60) centímetros medida desde su generatriz superior.

C.

La separación de las tuberías de gas con otras canalizaciones y obras subterráneas se
ajustará a los valores que se indican en el Cuadro nº 2.

RED DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA
A.

IV.

La tubería de agua potable se instalará siempre a menor profundidad que la de
alcantarillado y a una distancia mínima de ella tanto en horizontal como en vertical de
cincuenta (50) centímetros si no existe riesgo de contaminación.

RED DE ALUMBRADO PÚBLICO
A.

La profundidad mínima de zanja será de cincuenta (50) centímetros.


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