Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2023AC0090)
Acuerdo de 27 de abril de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva del Plan General Municipal de Fuente del Maestre.
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NÚMERO 237
Miércoles 13 de diciembre de 2023
62340
b.
La distancia entre el bordillo de la acera y el eje de la plantación estará comprendida entre
sesenta (60) y ochenta (80) centímetros.
c.
Se considera recomendable la incorporación del agua de escorrentía al riego de alcorques,
áreas terrizas o cursos de agua próximos, bien a través de repartos en la longitud de la red o
por recogidas en los puntos bajos de la red viaria.
El proyecto de obras de urbanización desarrollará el estudio de las obras de jardinería de la urbanización y
su acondicionamiento arbóreo, arbustivo y ornamental, así como la pavimentación de paseos, edificaciones,
mobiliario urbano y otras construcciones accesorias. Asimismo, justificará el sistema de riego elegido, la
red de alumbrado que incorpore, y los elementos del mobiliario urbano, incluyendo un estudio de los costes
de mantenimiento y conservación
El proyecto cumplirá las siguientes condiciones:
1.
Se justificará el cumplimiento de los artículos 6 a 9 de la Orden TMA/851/2021, de 23 de julio, por
la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no
discriminación para el acceso y la utilización de los espacios públicos urbanizados.
2.
Deberán evitarse las grandes extensiones de pradera de césped, tendiéndose a la utilización de
especies xerófilas y preferiblemente autóctonas. Las especies vegetales se adaptarán al clima local,
no superando la demanda hídrica habitual de las especies autóctonas, y serán compatibles en
términos botánicos con estas, sin causar invasiones o transmitir enfermedades.
3.
Las zonas verdes tendrán un nivel de arbolado tal que las proyecciones de las copas de los árboles
previstos en estado adulto cubran al menos el 30% de la superficie total de cada pieza. Los servicios
técnicos municipales competentes en materia de parques y jardines establecerán los diámetros de
copa contemplados como estándar a estos efectos.
4.
La superficie pavimentada en cada uno de los espacios libres no superará el 40% de la pieza
correspondiente, con la obligación de ajardinar al menos el 50% del área completa definida como
Zona Verde.
5.
Se procurará la concentración de las zonas ajardinadas en áreas de la mayor superficie posible. En
todo caso, las zonas ajardinadas deberán contar con un soleamiento adecuado, y el índice de
permeabilidad, o porcentaje de superficie destinada a la plantación de especies vegetales, no será
inferior al 50 por ciento.
6.
Establecerá asimismo las bases y cálculos para los servicios de riego y alumbrado, resolviendo
igualmente los problemas de desagüe planteados.
7.
Resolverá los contactos con otros proyectos específicos de pavimentación y explanación,
alumbrado, abastecimiento y saneamiento.
8.
El ámbito del proyecto específico cubrirá todos los espacios objeto de cesión al Ayuntamiento como
espacios libres de uso y dominio público, así como a aquellos espacios privados que se decida,
contiguos a los públicos, aunque no se incluya el importe de las obras correspondientes en los
presupuestos generales del proyecto, al considerarse vinculadas a las obras de edificación.
9.
El ancho de paseos no será inferior a 1,80 metros en ningún caso.
10. Los alcorques tendrán una dimensión proporcional al porte del arbolado, y en todo caso superior a
sesenta (60) por sesenta (60) centímetros.
11. El arbolado de alineación de las vías se plantará a distancias en consonancia con el porte adulto
de la especie (altura, anchura) y con el proyecto de arbolado pretendido. Los árboles tendrán el
porte natural de la especie elegida, mantendrá sus guías (en especial la principal) sin recortes ni
terciados que fuercen la aparición de una copa.
Miércoles 13 de diciembre de 2023
62340
b.
La distancia entre el bordillo de la acera y el eje de la plantación estará comprendida entre
sesenta (60) y ochenta (80) centímetros.
c.
Se considera recomendable la incorporación del agua de escorrentía al riego de alcorques,
áreas terrizas o cursos de agua próximos, bien a través de repartos en la longitud de la red o
por recogidas en los puntos bajos de la red viaria.
El proyecto de obras de urbanización desarrollará el estudio de las obras de jardinería de la urbanización y
su acondicionamiento arbóreo, arbustivo y ornamental, así como la pavimentación de paseos, edificaciones,
mobiliario urbano y otras construcciones accesorias. Asimismo, justificará el sistema de riego elegido, la
red de alumbrado que incorpore, y los elementos del mobiliario urbano, incluyendo un estudio de los costes
de mantenimiento y conservación
El proyecto cumplirá las siguientes condiciones:
1.
Se justificará el cumplimiento de los artículos 6 a 9 de la Orden TMA/851/2021, de 23 de julio, por
la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no
discriminación para el acceso y la utilización de los espacios públicos urbanizados.
2.
Deberán evitarse las grandes extensiones de pradera de césped, tendiéndose a la utilización de
especies xerófilas y preferiblemente autóctonas. Las especies vegetales se adaptarán al clima local,
no superando la demanda hídrica habitual de las especies autóctonas, y serán compatibles en
términos botánicos con estas, sin causar invasiones o transmitir enfermedades.
3.
Las zonas verdes tendrán un nivel de arbolado tal que las proyecciones de las copas de los árboles
previstos en estado adulto cubran al menos el 30% de la superficie total de cada pieza. Los servicios
técnicos municipales competentes en materia de parques y jardines establecerán los diámetros de
copa contemplados como estándar a estos efectos.
4.
La superficie pavimentada en cada uno de los espacios libres no superará el 40% de la pieza
correspondiente, con la obligación de ajardinar al menos el 50% del área completa definida como
Zona Verde.
5.
Se procurará la concentración de las zonas ajardinadas en áreas de la mayor superficie posible. En
todo caso, las zonas ajardinadas deberán contar con un soleamiento adecuado, y el índice de
permeabilidad, o porcentaje de superficie destinada a la plantación de especies vegetales, no será
inferior al 50 por ciento.
6.
Establecerá asimismo las bases y cálculos para los servicios de riego y alumbrado, resolviendo
igualmente los problemas de desagüe planteados.
7.
Resolverá los contactos con otros proyectos específicos de pavimentación y explanación,
alumbrado, abastecimiento y saneamiento.
8.
El ámbito del proyecto específico cubrirá todos los espacios objeto de cesión al Ayuntamiento como
espacios libres de uso y dominio público, así como a aquellos espacios privados que se decida,
contiguos a los públicos, aunque no se incluya el importe de las obras correspondientes en los
presupuestos generales del proyecto, al considerarse vinculadas a las obras de edificación.
9.
El ancho de paseos no será inferior a 1,80 metros en ningún caso.
10. Los alcorques tendrán una dimensión proporcional al porte del arbolado, y en todo caso superior a
sesenta (60) por sesenta (60) centímetros.
11. El arbolado de alineación de las vías se plantará a distancias en consonancia con el porte adulto
de la especie (altura, anchura) y con el proyecto de arbolado pretendido. Los árboles tendrán el
porte natural de la especie elegida, mantendrá sus guías (en especial la principal) sin recortes ni
terciados que fuercen la aparición de una copa.