Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Agrupaciones De Entidades Locales. Ayudas. (2023064118)
Resolución de 27 de octubre de 2023, de la Secretaría General, por la que se conceden ayudas destinadas al fomento de agrupaciones de entidades locales para el sostenimiento en común de un único puesto de Secretaría-Intervención, durante el ejercicio 2023.
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NÚMERO 235
Lunes 11 de diciembre de 2023

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de 2023, de la Secretaría General de la Presidencia, mediante certificación de la secretaríaintervención de la entidad local, la total ejecución del gasto financiado con cargo a la subvención concedida, debiendo acompañarse de:
— Copia auténtica de los justificantes documentales de los gastos y pagos efectuados con
motivo del puesto de trabajo subvencionado.
— Carta de pago del segundo 50 % abonado de la subvención concedida o cualquier otro
documento acreditativo de su ingreso en la entidad.
— Certificación de que el importe total de las subvenciones concedidas de las diversas
instituciones no ha superado el importe total del gasto devengado como consecuencia
del puesto de trabajo agrupado, habiendo sido destinadas todas las aportaciones a la
actividad subvencionada.
Sexto. Procederá la declaración de incumplimiento y, en consecuencia, la pérdida del derecho
a la percepción de la subvención o, cuando corresponda, el reintegro de las cantidades percibidas, en los casos que se establecen en el artículo 43 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el citado Decreto 50/2017, 18
de abril, y en las condiciones impuestas con la presente resolución de concesión de la subvención, y en especial, las siguientes:
a) El incumplimiento de la obligación de justificación.
b) Obtener la subvención falseando las condiciones requeridas para ello.
c) Incumplimiento de la finalidad para la que la subvención fue concedida.
En el caso de que el importe de la ayuda concedida en virtud de la resolución, en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, superase el coste de la actividad
subvencionada, procederá el reintegro del exceso obtenido sobre el coste de la actividad desarrollada, así como la exigencia del interés de demora correspondiente.
En el supuesto de que alguna entidad local no haya ejecutado la totalidad de las actuaciones
por el importe de la subvención concedida, se procederá a declarar el reintegro de la cantidad
no ejecutada en la proporción que resulte respecto de la cuantía total subvencionada.
Séptimo. Las subvenciones concedidas serán compatibles con cualesquiera otras que pudieran obtenerse para el mismo fin, siempre que la suma de todas ellas no supere el importe del
coste total del puesto de trabajo agrupado objeto de la subvención.