Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023064094)
Resolución de 23 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula valoración ambiental sobre la modificación del proyecto de "Modificación de concesión de aguas superficiales del río Zújar, consistente en la ampliación de la superficie de riego en 21,73 ha, totalizando 33,91 ha", en el término municipal de Campanario (Badajoz). Expte.: IA21/1705.
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Jueves 7 de diciembre de 2023

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— Una zona de policía de 100 metros de anchura en la que se condiciona el uso del suelo
y las actividades que se desarrollen.
Infraestructuras gestionadas por ese Organismo de cuenca:
Las tuberías de riego cruzarían el Canal de Zújar y la conducción de abastecimiento MI
Zújar y Guadiana, y discurriría adyacente a un camino de servicio.
Consumo de agua.
Según los datos obrantes en ese Organismo, el promotor es titular de una concesión administrativa de aguas superficiales CONC. 725, procedentes del río Zújar, para riego de
29,9124 ha de pradera por aspersión y gravedad en las parcelas 8 y 9 del polígono 6 del
t.m Campanario (Badajoz). El volumen máximo es de 179.474,4 m3/año. Consta asimismo
que, con fecha 16/02/2022, el promotor solicitó, la modificación de características de la
concesión anterior, la cual se tramita con n.º de expediente 133/2022 (ref. CONC. 725),
consistente en cambio de cultivo de pradera a olivar superintensivo, manteniendo la superficie de riego en 29,9124 ha, y cambio de sistema de riego de aspersión y gravedad a
goteo, en las parcelas 8 (recinto 4) y 9 del polígono 6 del T.M. Campanario (Badajoz). El
volumen en tramitación es de 107.993,75 m3/año.
En cualquier caso, se estaría a lo dispuesto en la correspondiente resolución sobre la tramitación de la solicitud de modificación de características de concesión de aguas superficiales.
Vertidos al DPH.
La actuación no conlleva vertidos al DPH del Estado, salvo los correspondientes retornos
de riego.
Existencia o inexistencia de recursos suficientes para satisfacer nuevas demandas hídricas.
La Oficina de Planificación Hidrológica (OPH) de ese Organismo de cuenca, con fecha
24/04/2023, ha informado lo siguiente:
La captación del recurso se sitúa en la masa de agua superficial Río Zújar II, definida en el
Apéndice 3 de las Disposiciones Normativas del vigente Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Guadiana (Real Decreto 35/2023, de 24 de enero).
De acuerdo con el art 12 y el Apéndice 7 de las Disposiciones Normativas del Plan, existe
reserva en la asignación para el uso solicitado con origen en la masa de agua superficial
Río Zújar II.