Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Avifauna. Ayudas. (2023081777)
Anuncio de 30 de noviembre de 2023 sobre notificación por publicación del requerimiento de subsanación del procedimiento de justificación y pago de las ayudas concedidas para la corrección de líneas eléctricas peligrosas para la avifauna en la convocatoria establecida en la disposición adicional segunda del Decreto 35/2022, de 6 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas destinadas a la corrección de línea eléctricas peligrosas para la avifauna en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 233

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Martes 5 de diciembre de 2023

DOCUMENTO C
MODELO DE DECLARACIÓN PARA EL SUBCONTRATISTA

EXPEDIENTE:
BENEFICIARIO:
SUBCONTRATISTA:
LÍNEA ELECTRICA:

________________________________________________________________
______________________________________________ NIF: ______________
________________________________________________________________
_________________________________ EXPTE. INDUSTRIA: _____________

D./Dª. ____________________________________________________________, con NIF _____________,
actuando,

en

su

caso,

en

nombre

y

representación

de

___________________________________________________________, con NIF ____________________ y
domicilio

en

(dirección)

______________________________________________________________,

(localidad) ___________________________________, C.P. ____________, (provincia)_________________,
como subcontratista del proyecto relativo a la ayuda financiada con recursos provenientes del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia concedida a ____________________________________, en el expediente
CN_____/22/SUB, para el desarrollo de actuaciones necesarias para la consecución de los objetivos definidos en el
Componente C4.I2 “Conservación de la biodiversidad terrestre y marina” ,
1.

DECLARA RESPONSABLEMENTE, al objeto de garantizar la imparcialidad en el procedimiento de
subvención arriba referenciado, como participante en el proceso de ejecución del expediente:
Primero. Estar informado de lo siguiente:
1. Que el artículo 61.3 «Conflicto de intereses», del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo
y del Consejo, de 18 de julio (Reglamento financiero de la UE) establece que «existirá conflicto de intereses cuando
el ejercicio imparcial y objetivo de las funciones se vea comprometido por razones familiares, afectivas, de afinidad
política o nacional, de interés económico o por cualquier motivo directo o indirecto de interés personal.»
2. Que el artículo 64 «Lucha contra la corrupción y prevención de los conflictos de intereses» de la Ley 9/2017, de
8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, tiene el fin de evitar cualquier distorsión de la competencia y
garantizar la transparencia en el procedimiento y asegurar la igualdad de trato a todos los candidatos y licitadores.
3. Que el artículo 42 “ Medidas contra la corrupción en la contratación pública” de la Ley 12/2018, de 26 de
diciembre, de contratación pública socialmente responsable en Extremadura regula las medidas que los órganos de
contratación de la Administración autonómica, las entidades locales y la Universidad de Extremadura deberán tomar
para luchar contra el fraude, el favoritismo y la corrupción, así como para prevenir, detectar y solucionar de modo
efectivo los conflictos de intereses que puedan surgir en los procedimientos de licitación, con el fin de evitar
cualquier distorsión de la competencia y garantizar la transparencia en el procedimiento y la igualdad de trato a
todos las personas candidatas y licitadoras.
4. Que el artículo 23 «Abstención», de la Ley 40/2015, de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
establece que deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento «las autoridades y el personal al servicio de las
Administraciones en quienes se den algunas de las circunstancias señaladas en el apartado siguiente», siendo éstas:
a) Tener interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya resolución pudiera influir la de aquél;
ser administrador de sociedad o entidad interesada, o tener cuestión litigiosa pendiente con algún interesado.
b) Tener un vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco de consanguinidad dentro del
cuarto grado o de afinidad dentro del segundo, con cualquiera de los interesados, con los administradores de
entidades o sociedades interesadas y también con los asesores, representantes legales o mandatarios que
intervengan en el procedimiento, así como compartir despacho profesional o estar asociado con éstos para el
asesoramiento, la representación o el mandato.
c) Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las personas mencionadas en el apartado anterior.
d) Haber intervenido como perito o como testigo en el procedimiento de que se trate.
e) Tener relación de servicio con persona natural o jurídica interesada directamente en el asunto, o haberle
prestado en los dos últimos años servicios profesionales de cualquier tipo y en cualquier circunstancia o lugar».
Segundo. Que no se encuentra incurso en ninguna situación que pueda calificarse de conflicto de intereses de las
indicadas en el artículo 61.3 del Reglamento Financiero de la UE y que no concurre en sus personas ninguna causa