Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023064070)
Resolución de 23 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental al proyecto de explotación porcina de producción y cebo intensivo, en el término municipal de Azuaga, cuyo promotor es Francisco Antonio Blanco Merino. Expte.: IA22/0123.
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NÚMERO 232
Lunes 4 de diciembre de 2023



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• Habría que dejar una zona de caminos para paso a las construcciones, provocando un
empeoramiento del suelo.

Por todos estos motivos se descarta esta alternativa 3.
Por tanto, finalmente la alternativa seleccionada para la ampliación de la explotación es
la alternativa 1 al ser la más viable a nivel técnico, a nivel ambiental, a nivel de usos del
suelo y de propiedad, sin sobreafecciones ambientales significativas por la ampliación de
la explotación proyectada.
C.2. Impactos más significativos de la alternativa elegida.
A continuación, se resume el impacto potencial de la realización del proyecto sobre los
principales factores ambientales de su ámbito de afección:
— Red Natura 2000 y Áreas Protegidas.
La parcela donde se pretenden ubicar las instalaciones no se encuentra incluida en espacio de la Red de Áreas Protegidas de Extremadura.
El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Dirección General
Sostenibilidad informa favorablemente la actividad solicitada, ya que no es susceptible
de afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura 2000, ni se
prevén afecciones significativas sobre especies o hábitats protegidos, siempre que se
cumplan las medidas indicadas.
— Sistema hidrológico y calidad de las aguas.
Las parcelas 39, 42 y 43, del polígono 75, en el término municipal de Azuaga (Badajoz),
invaden zonas de protección de la cabecera del Arroyo Innominado afluente del Arroyo
del Agua Viva, aunque las instalaciones existentes en la parcela 39 del polígono 75, en
el término municipal de Azuaga (Badajoz) se ubican fuera de zonas de protección de
dicha cabecera.
La actividad solicitada no es susceptible de afectar al sistema hidrológico y calidad de
las aguas si se tienen consideración las medidas correctoras propuestas.
— Geología y suelo.
La morfología general de la zona está condicionada por los distintos materiales que
conforman el contexto geológico así como la tectónica regional, éstas junto con la acción de agentes exógenos, conforman una penillanura donde destacan algunos relieves
residuales como alineaciones hercínicas.