Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. Ayudas. (2023063832)
Resolución de 2 de noviembre de 2023, de la Dirección General del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios, por la que se convocan ayudas destinadas al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, escolarizados en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2023/2024.
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Lunes 4 de diciembre de 2023

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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL

RESOLUCIÓN de 2 de noviembre de 2023, de la Dirección General del Ente
Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios, por la que
se convocan ayudas destinadas al alumnado con necesidades específicas
de apoyo educativo, escolarizados en centros docentes sostenidos con
fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso
2023/2024. (2023063832)
Mediante Decreto 31/2013, de 12 de marzo, se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo,
escolarizados en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, y se realiza la convocatoria para el curso 2012/2013 (DOE núm. 54, de 19 de
marzo), modificado por el Decreto 130/2015, de 9 de junio (DOE núm. 113, de 15 de junio),
y por el Decreto 78/2016, de 14 de junio (DOE núm. 117, de 20 de junio).
Hay que tener en cuenta el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se
modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura el cual establece que corresponde a
la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional las competencias en materia de
política educativa y formación profesional, las de política universitaria y las de ciencia, tecnología e innovación y el Decreto 237/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, el cual
dispone que corresponde a la Secretaría General de Educación y Formación Profesional la
coordinación y supervisión del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos.
Por otro lado, la publicación de la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración más
ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 69, de 9 de abril) ha venido a
modificar la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, en relación al procedimiento para la concesión de subvenciones en régimen
de concesión directa, que adoptará la forma y se efectuará por los órganos que corresponda
conforme a lo establecido en el artículo 23.1 de la Ley, en este caso, el procedimiento para
la concesión de estas subvenciones se iniciará de oficio mediante convocatoria aprobada por
resolución de la persona titular de la Secretaría General de la Consejería Educación, Ciencia
y Formación Profesional. Esta competencia para convocar subvenciones ha sido delegada en
la Dirección General del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios
por Resolución de 9 de agosto de 2023, de la Secretaría General (DOE núm. 156, de 14 de
agosto).