Ayuntamiento De Almendralejo. Oferta De Empleo Público. (2023081751)
Anuncio de 22 de noviembre de 2023 sobre la aprobación de la Oferta de Empleo Público para el año 2023.
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NÚMERO 232
Lunes 4 de diciembre de 2023

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incorporaciones de ejecución de ofertas de empleo anteriores; plazas convocadas por promoción interna, ni los ceses derivados de esos procesos; plazas del personal declarado indefinido no fijo por sentencia judicial; las necesarias para la puesta en marcha de nuevos
servicios impuestos por norma; así como en el caso de los servicios públicos que pasen a
ser prestados mediante gestión directa, el número de plazas que las empresas externas
destinaban a la prestación de ese servicio concreto.
Del examen de los datos obrantes en la Sección de Recursos Humanos, al efecto del cálculo de la tasa de reposición, se constata que durante el año 2022 se produjeron 7 bajas
y ninguna incorporación, perteneciendo todas las bajas a sectores no prioritarios.
2.º 2. Corresponde, por lo tanto, aplicar una tasa de reposición de efectivos del 110 por cien,
lo que arroja una tasa de reposición de 8 plazas, que se emplearán en reponer plazas
tanto de sectores prioritarios como no prioritarios.
Se ha acumulado tasa de reposición de uno o varios sectores o colectivos no prioritarios a
prioritarios, como es el caso de la Policía Local y la gestión de recursos públicos o el personal que presta atención a los ciudadanos en los servicios públicos.
2.º 3
 . Se han incluido plazas ocupadas por personal interino por vacante y personal laboral
temporal por vacantes nombradas en el año 2023 o anteriores.
2.º 4
 . Por lo anteriormente expuesto, se pretende la cobertura de las plazas que se detallan
en el anexo de este acuerdo, identificando sus características y particularidades en su
provisión.
Tercero. Plazas reservadas a discapacidad.
Examinadas las plantillas orgánicas, las plazas reservadas a discapacidad pendientes de convocatoria, así como el número de personas con discapacidad que ocupan puestos de trabajo
de carácter permanente.
Conforme a lo dispuesto por el artículo 11 del vigente Acuerdo de los Empleados Públicos de
este Ayuntamiento, no se hace necesario destinar plaza a esta reservada al haberse alcanzado el 2% de los efectivos totales de plantilla.
No obstante, se determina en todas las convocatorias se incluirán la posibilidad de que los aspirantes con discapacidad, puedan pedir las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempo y
medios de las pruebas del proceso selectivo, a fin de asegurar su participación en condiciones
de igualdad.