Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023064088)
Resolución de 13 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Legalización de casa rural", cuyo promotor es Juan José Vega Sánchez, en el término municipal de Casas del Castañar (Cáceres). Expte.: IA20/986.
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NÚMERO 231
Viernes 1 de diciembre de 2023



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— Se notificará a la Dirección General de Sostenibilidad el inicio de los trabajos. Esta
notificación se realizará un mes antes del inicio de las obras.



— Si durante la realización de las actividades se detectara la presencia de alguna especie incluida en el Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto
37/2001; DOE n.º 30, de 13 de marzo de 2001) que pudiera verse afectada por las
mismas, se paralizará inmediatamente la actividad y se estará a lo dispuesto por el
personal de la Dirección General de Sostenibilidad, Agentes del Medio Natural, y/o
técnicos del Servicio Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas, previa comunicación de tal circunstancia.



— Las afecciones sobre dominio público hidráulico, vías pecuarias, carreteras, caminos
públicos u otras infraestructuras y servidumbres existentes u otras afecciones, deberán contar con las autorizaciones y permisos de ocupación pertinentes, en base al
cumplimiento de la normativa sectorial vigente en dichas materias.



— Respecto a la ubicación y construcción, se atenderá a lo establecido en la normativa
urbanística y en la comunicación ambiental municipal, correspondiendo al Ayuntamiento de Casas del Castañar, las competencias en estas materias.



— En caso de que se prevea el vallado perimetral de instalaciones, deberá solicitarse
teniendo en cuenta no sólo criterios de seguridad sino también ambientales, y atendiendo a lo dispuesto en el Decreto 226/2013, de 3 de diciembre, por el que se regulan las condiciones para la instalación, modificación y reposición de los cerramientos
cinegéticos y no cinegéticos en la Comunidad Autónoma de Extremadura.



— Referente al consumo de agua, según documentación aportada por el promotor se
indica que, el abastecimiento de agua se realizará a través de un pozo de sondeo
existente, por lo que se deberá disponer de un título concesional de aguas previo
al empleo de las mismas, cuyo otorgamiento corresponde a la Confederación Hidrográfica del Tajo, y es a quién deberá solicitarse. Si se posee un título concesional
en vigor y se pretendiese efectuar una variación de lo recogido en el mismo (como
por ejemplo: empleo de mayores volúmenes/caudales que los autorizados, uso no
recogido en la autorización, empleo de captación no recogida en la autorización, o
cualquier otra cuestión que incumpla lo expresado en el título), se indica que dicha
variación requiere de autorización previa por parte del Organismo de cuenca, y es
también a éste a quién deberá solicitarse (mediante una solicitud de modificación de
las características o mediante una solicitud de un nuevo título concesional).



— Cumplimiento de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados
para una economía circular.