Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Federaciones Deportivas. (2023064052)
Resolución de 7 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Jóvenes y Deportes, por la se reconoce la Federación Extremeña de Fútbol Americano, se ordena su inscripción en el Registro General de Entidades Deportivas de Extremadura, la aprobación de sus Estatutos y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 230
Jueves 30 de noviembre de 2023

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e) Colaborar con la Junta de Extremadura en el desarrollo del deporte en edad escolar,
así como la elaboración y ejecución, en su caso, de los planes de formación de técnicos
deportivos.
f) Contribuir a la prevención, control y represión del uso de sustancias y grupos farmacológicos prohibidos y métodos no reglamentarios en la práctica del deporte, así como a la
prevención de la violencia en el deporte.
g) Ejercer la potestad disciplinaria deportiva conforme a lo dispuesto en la Ley 2/1995, de
6 de abril, del Deporte de Extremadura, en el Decreto 27/1998, de 17 de marzo, por el
que se regulan las Federaciones Deportivas Extremeñas y en el Decreto 24/2004, de 9
de marzo, por el que se regula la disciplina deportiva en Extremadura.
h) E
 jercer el control de las subvenciones que asignen a las Entidades Deportivas.
i) Ostentar la representación de la Comunidad Autónoma de Extremadura en las actividades y competiciones de carácter nacional.
j) Informar puntualmente a la Junta de Extremadura de las actividades o competiciones a
celebrar o participar en el ámbito autonómico o nacional.
k) Formar a las selecciones extremeñas que representen a la Comunidad Autónoma en el
territorio nacional.
l) Todas aquellas que por delegación se le confieran de carácter administrativo público,
cuando actúe como agente colaborador de la Administración Pública.
Artículo 6º. Licencias.
Para la participación en actividades y competiciones de carácter oficial de ámbito extremeño,
tuteladas por esta Federación, todo deportista deberá obtener una licencia que expedirá la
Federación, previo abono de la misma, comprendiendo los siguientes conceptos:
a) Seguro obligatorio que garantice el derecho a la asistencia sanitaria del titular con motivo de su participación en actividades o competiciones deportivas o en la preparación
de las mismas, tanto en el ámbito autonómico como en el estatal.
Cada temporada se enviará copia de este seguro a la Dirección General competente en
materia de Deportes.
b) Cuota correspondiente a la Federación Extremeña, fijada por la Asamblea General.