Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023064016)
Resolución de 21 de noviembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Monterrubio de la Serena para subvencionar en el ejercicio 2023 el desarrollo del Programa de Educación Infantil (0-3 años) en la escuela infantil "Cuesta de los Tejares", de dicha localidad.
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NÚMERO 230
Jueves 30 de noviembre de 2023

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d) La presentación de la Programación General Anual y de la memoria final del curso.
e) C
 omunicar a la Secretaría General de Educación y Formación Profesional de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional cualquier circunstancia que afecte al
normal desarrollo de la prestación del servicio.
Octava. Control y seguimiento.
Sin perjuicio de lo anterior, la Junta de Extremadura a través de la Consejería de Educación,
Ciencia y Formación Profesional podrá, en cualquier momento, realizar funciones de control
y seguimiento del objeto del convenio, inspeccionando con la frecuencia que se determine
procedente la escuela infantil.
Novena. Publicidad.
1. E
 l Ayuntamiento de Monterrubio de la Serena se compromete a que en todas las actuaciones que se lleven a cabo en la escuela infantil se haga constar expresamente que la
titularidad de esta es de la Junta de Extremadura, si bien el uso, gestión y mantenimiento
del centro corresponde al Ayuntamiento mediante concesión del servicio.
Asimismo, y en virtud de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, relativo a la publicidad
de las subvenciones concedidas, y en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas
adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura,
los beneficiarios de ayudas concedidas por la Junta de Extremadura, entre las que se encuentra cualquier ente de derecho público o privado con el que la Junta de Extremadura
colabore financiando proyectos conjuntos en el marco de los convenios de colaboración
suscritos al efecto, deberán adoptar las medidas de identificación, información y publicidad
de las inversiones financiadas por la Junta de Extremadura, contenidas en el artículo 3 del
Decreto 50/2001, y con las características y especificidades recogidas en el Anexo Técnico
del mencionado Decreto.
2. L
 a presente subvención será objeto de publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el Portal de subvenciones de la Comunidad Autónoma, de conformidad con
lo establecido en los artículos 20.8.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y 17 de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, así como en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal
Electrónico de la Transparencia y la Participación ciudadana, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 10 y 11.1 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno abierto
de Extremadura.