Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023064012)
Resolución de 21 de noviembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura para el desarrollo de las prácticas externas de las enseñanzas universitarias oficiales del Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte.
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NÚMERO 229
Miércoles 29 de noviembre de 2023

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CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN
PROFESIONAL DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y LA UNIVERSIDAD DE
EXTREMADURA PARA EL DESARROLLO DE LAS PRÁCTICAS EXTERNAS DE LAS
ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DEL GRADO EN CIENCIAS DE LA
ACTIVIDAD FÍSICA Y DEL DEPORTE
Mérida, 30 de octubre de 2023.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura, D. Francisco Eugenio Pozo Pitel, cargo para
el que fue nombrado por Decreto 99/2023, de 28 de julio (DOE núm. 146 de 31 de julio), en
virtud de la delegación efectuada mediante Resolución de 9 de agosto de 2023, de la Consejera (DOE núm. 156, de 14 de agosto), en representación de la Consejería de Educación,
Ciencia y Formación Profesional.
De otra parte, la Universidad de Extremadura, con NIF Q0618001B y domicilio en Rectorado
Plaza de los Caldereros s/n, 10003, Cáceres, actuando en nombre y representación de la misma el Sr. D. Pedro M.ª Fernández Salguero, en virtud de las facultades que le autoriza el nombramiento, efectuado por Decreto 166/2022, de 30 de diciembre, actuando en el ejercicio de
la competencia atribuida en el artículo 93.h) del Decreto 65/2003, de 8 de mayo, por el que se
aprueban los Estatutos de la Universidad de Extremadura y de acuerdo con las competencias
que le otorga el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
Las partes, según intervienen, se reconocen, mutua y recíprocamente, la capacidad legal necesaria y la representación suficiente para formalizar el presente Convenio y al efecto,
EXPONEN:
Primero. La Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, de Reforma del Estatuto de Autonomía
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 10.1.4 atribuye a la Comunidad
Autónoma la competencia de desarrollo normativo y ejecución en materia de educación, en
toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades. En particular, el régimen,
organización y control de los centros educativos, del personal docente, de las materias de
interés regional, de las actividades complementarias y de las becas con fondos propios.
El Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación
y las competencias de las Consejerías que conforman la administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En el artículo 2. La Consejería de Educación, Ciencia y Formación
Profesional ejercerá las competencias en materia de política educativa y formación profesional, las de política universitaria y las de ciencia, tecnología e innovación.