Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023064039)
Resolución de 21 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Creación de espacios turísticos", cuyo promotor es el Ayuntamiento de Oliva de la Frontera, en el término municipal de Oliva de la Frontera (Badajoz). Expte.: IA22/1222.
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NÚMERO 229
Miércoles 29 de noviembre de 2023



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— Se pondrán en marcha cuantas medidas sean necesarias para evitar la erosión y la
pérdida de suelo fértil, siendo los movimientos de tierra los estrictamente necesarios. Deberá existir una planificación de los drenajes de las aguas pluviales y escorrentías.



— No se acumularán tierras, escombros, ni cualquier otro material de obra o residuo en
zonas próximas a los cauces ni interfiriendo en la red natural de drenaje, para evitar
su arrastre al lecho en el caso de lluvia o escorrentía superficial.



— Al finalizar los trabajos se deberá proceder a la retirada de cualquier material no
biodegradable, contaminante o perjudicial para la fauna de la zona, los cuales serán
almacenados en condiciones adecuadas de higiene y seguridad mientras se encuentren en su poder y entregados a un gestor autorizado para su adecuado tratamiento.
Los restos y residuos de los trabajos, cuando supongan riesgos para la propagación
de incendios, deberán ser eliminados en la misma campaña, no dejando combustible
en la época de riesgos de incendios marcada en la orden anual del Plan INFOEX.



— Se tomarán las medidas necesarias para no afectar a las especies arbóreas y arbustivas autóctonas. En caso de que se pretenda la eliminación de algún pie arbóreo, se
deberá contar con autorización del Servicio de Ordenación y Gestión Forestal.



— Las conducciones que deban ser enterradas se ubicarán de manera que no afecten a
las raíces del arbolado presente.



— La fosa séptica prevista en el área de acampada, se ubica bajo la copa de dos encinas, por lo que se deberá buscar una ubicación mejor.



— El ajardinamiento del área de esparcimiento deberá realizarse con especies autóctonas, quedando prohibida la plantación de especies invasoras. A continuación, se
indica un enlace en el que se describen las especies de flora recogidas en el Catálogo
Español de Especies Exóticas Invasoras al objeto de conocerlas: https://www.miteco.gob.es/es/biodiversidad/temas/conservacion-de-especies/especies exoticasinvasoras/ce_eei_flora.aspx



— Respecto al parque de maquinaria, a utilizar para la realización de las distintas
unidades de obra, puede generar residuos líquidos peligrosos susceptibles de contaminación de aguas subterráneas y superficiales, como pueden ser aceites y otros
compuestos. Se recomienda una gestión adecuada de estos residuos que evite la
contaminación de las aguas. En todo caso se cumplirá la normativa relativa a residuos.