Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023064002)
Resolución de 21 de noviembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Cooperación descentralizada y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo para la actuación conjunta y coordinada en materia de acción humanitaria.
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NÚMERO 227
Lunes 27 de noviembre de 2023
59971
• en el desarrollo de sus competencias, la Comisión deberá aprobar en cada ejercicio un Plan
Anual de Intervenciones, que comprenderá los proyectos o programas concretos a los que
irán destinadas las aportaciones económicas de todas partes integrantes del convenio.
• para la aprobación de las intervenciones a financiar, la Comisión deberá valorar las
propuestas técnicas iniciales solicitadas a las entidades establecidas como prioritariamente beneficiarias, según lo dispuesto en la Cláusula Segunda del convenio. Atendiendo al punto 2.4 de dicha Cláusula, se priorizarán las propuestas de las siguientes
entidades: Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios de Naciones Unidas,
Programa Mundial de Alimentos, Comité Internacional de la Cruz Roja, Federación
Internacional de la Cruz Roja y la Media Luna Roja y Sociedades Nacionales del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y la Media Luna Roja, sin perjuicio de que la
Comisión pueda decidir apoyar intervenciones de otras organizaciones internacionales
o locales que sean propuestas.
• dichas propuestas deberán reflejar los elementos fundamentales de los posibles proyectos a financiar: objetivos, resultados esperados, cuantía y momento de la aportación de fondos. Con carácter ordinario, la Comisión recibirá esta documentación al
menos quince días antes de la reunión de valoración y aprobación de propuestas, de
forma que, si alguna de las CCAA miembro de la Comisión tiene preguntas adicionales
sobre lo reflejado en cada documento, pueda solicitar a la Secretaría que recabe la información ante el correspondiente organismo internacional que formula la propuesta.
• asimismo, la Comisión aprobará el porcentaje del conjunto del presupuesto anual destinado a un Fondo de Contingencia. Dicho Fondo será reservado, sin asignar a ningún proyecto concreto, por si tuviera que ser asignado a la cobertura de una emergencia no prevista.
Si en el mes de octubre el Fondo de Contingencia no hubiera sido asignado, la Comisión
decidirá a que proyecto o programa concreto se asignará el presupuesto reservado.
• la Comisión determinará las actuaciones de visibilidad concretas que se vayan a realizar sobre el Plan Anual de Intervenciones, pudiendo acordar la reserva de na cuantía
no superior a 18.000€ del total del presupuesto del convenio para el desarrollo de
acciones de visibilidad.
• con la finalidad de analizar constructivamente el primer bienio de vigencia del convenio y tener elementos que puedan alimentar la toma de decisiones durante el siguiente período, la Comisión podrá valorar la realización de una evaluación intermedia del
convenio, determinando los términos de referencia y recursos necesarios para este
ejercicio. Igualmente, la Comisión podrá dedicar recursos del último ejercicio de vigencia del convenio para la realización de una evaluación final del instrumento.
Lunes 27 de noviembre de 2023
59971
• en el desarrollo de sus competencias, la Comisión deberá aprobar en cada ejercicio un Plan
Anual de Intervenciones, que comprenderá los proyectos o programas concretos a los que
irán destinadas las aportaciones económicas de todas partes integrantes del convenio.
• para la aprobación de las intervenciones a financiar, la Comisión deberá valorar las
propuestas técnicas iniciales solicitadas a las entidades establecidas como prioritariamente beneficiarias, según lo dispuesto en la Cláusula Segunda del convenio. Atendiendo al punto 2.4 de dicha Cláusula, se priorizarán las propuestas de las siguientes
entidades: Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios de Naciones Unidas,
Programa Mundial de Alimentos, Comité Internacional de la Cruz Roja, Federación
Internacional de la Cruz Roja y la Media Luna Roja y Sociedades Nacionales del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y la Media Luna Roja, sin perjuicio de que la
Comisión pueda decidir apoyar intervenciones de otras organizaciones internacionales
o locales que sean propuestas.
• dichas propuestas deberán reflejar los elementos fundamentales de los posibles proyectos a financiar: objetivos, resultados esperados, cuantía y momento de la aportación de fondos. Con carácter ordinario, la Comisión recibirá esta documentación al
menos quince días antes de la reunión de valoración y aprobación de propuestas, de
forma que, si alguna de las CCAA miembro de la Comisión tiene preguntas adicionales
sobre lo reflejado en cada documento, pueda solicitar a la Secretaría que recabe la información ante el correspondiente organismo internacional que formula la propuesta.
• asimismo, la Comisión aprobará el porcentaje del conjunto del presupuesto anual destinado a un Fondo de Contingencia. Dicho Fondo será reservado, sin asignar a ningún proyecto concreto, por si tuviera que ser asignado a la cobertura de una emergencia no prevista.
Si en el mes de octubre el Fondo de Contingencia no hubiera sido asignado, la Comisión
decidirá a que proyecto o programa concreto se asignará el presupuesto reservado.
• la Comisión determinará las actuaciones de visibilidad concretas que se vayan a realizar sobre el Plan Anual de Intervenciones, pudiendo acordar la reserva de na cuantía
no superior a 18.000€ del total del presupuesto del convenio para el desarrollo de
acciones de visibilidad.
• con la finalidad de analizar constructivamente el primer bienio de vigencia del convenio y tener elementos que puedan alimentar la toma de decisiones durante el siguiente período, la Comisión podrá valorar la realización de una evaluación intermedia del
convenio, determinando los términos de referencia y recursos necesarios para este
ejercicio. Igualmente, la Comisión podrá dedicar recursos del último ejercicio de vigencia del convenio para la realización de una evaluación final del instrumento.