Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023064002)
Resolución de 21 de noviembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Cooperación descentralizada y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo para la actuación conjunta y coordinada en materia de acción humanitaria.
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NÚMERO 227
Lunes 27 de noviembre de 2023

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d) promover y coordinar el seguimiento de los programas financiados por las partes de
este convenio, facilitando grupos de trabajo temáticos y geográficos, iniciativas de comunicación a la ciudadanía sobre las actuaciones desarrolladas, además de eventuales
visitas al terreno para un mayor acceso a información que, con carácter ordinario, serán
realizadas anualmente, sin perjuicio de que puedan realizarse cuantas visitas extraordinarias, presenciales o virtuales, puedan considerarse pertinentes por la Comisión de
coordinación, seguimiento, vigilancia y control del convenio;
e) informar a las entidades firmantes de las reflexiones y decisiones que se adopten en
reuniones y foros internacionales en materia de acción humanitaria en los que se participe la Oficina de Acción Humanitaria y que puedan resultar de interés, redundando así
en una mayor coordinación y eficacia;
f) invitar, en la medida de lo posible, a representantes de las Comunidades Autónomas y
de la FEMP a foros internacionales sobre acción humanitaria relacionados con los contextos de trabajo que se apoyen en el marco del presente convenio, siempre que sea
coherente con el sistema organizativo y el nivel de participación de la reunión correspondiente;
g) promover la creación de espacios de encuentro, reflexión y debate sobre acción humanitaria que puedan incluir intercambios con organismos internacionales y entidades
beneficiarias de las propuestas financiadas en el marco del convenio;
h) e
 jercer de secretaría de la Comisión de coordinación, seguimiento, vigilancia y control
del convenio, según lo establecido en el punto 5 de la cláusula sexta de este convenio.
Cuarta. Compromisos de la Comunidad Autónoma.
1. C
 ada Comunidad Autónoma se compromete a realizar una aportación mínima de setenta
y cinco mil euros (75.000,00 €) anuales durante la vigencia del presente convenio, que
serán abonados en el primer semestre del ejercicio presupuestario, previa justificación de
la anualidad anterior mediante la emisión por parte de la AECID de la certificación anual
regulada en el apartado b) de la cláusula tercera de este convenio. En función de su disponibilidad presupuestaria, las Comunidades Autónomas harán un esfuerzo por incrementar
progresivamente esta aportación durante las anualidades comprendidas en el período de
vigencia del convenio, pudiendo aportar anualmente fondos entre setenta y cinco mil euros
(75.000 €) y ciento cincuenta mil euros (150.000 €).
De la misma forma, en caso de imposibilidad sobrevenida de atender al compromiso descrito en el párrafo anterior por falta de dotación presupuestaria durante alguno de los
cuatro ejercicios previstos durante la vigencia de este convenio, la Comunidad Autónoma