Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023063951)
Resolución de 13 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Punto Limpio en el polígono 13, parcelas 647 y 648 paraje "Palomar", a ubicar en el término municipal de Navalvillar de Pela (Badajoz)", cuyo promotor es el ayuntamiento de Navalvillar de Pela (Badajoz). Expte.: IA23/0952
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NÚMERO 226
Viernes 24 de noviembre de 2023



59791

• No se aprecian efectos sobre el ser humano, el aire, el clima, los bienes materiales ni
el patrimonio cultural.



• No afecta a montes gestionados por la Administración Regional: Dirección General
de Sostenibilidad, Dirección General de Política Forestal, ni afecta a Vías Pecuarias,
COREFEX ni montes propios.



• El recinto tiene un informe de impacto ambiental con número de expediente IA22/0186
sobre la restauración de áreas degradadas y que actualmente siguen trabajando en la
parcela 646 del polígono 13.

— La Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana emite
informe favorable, en cuanto a la compatibilidad de la actuación.


1. Servicio de Ordenación del Territorio.



• No se detecta afección sobre ningún Plan Territorial ni Proyecto de Interés Regional
con aprobación definitiva (Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura, con modificaciones posteriores).



• No se detecta afección sobre ningún instrumento de ordenación territorial general
(Plan Territorial), de ordenación territorial de desarrollo (Plan de Suelo Rústico,
Plan Especial de Ordenación del Territorio) ni de intervención directa (Proyecto de
Interés Regional) de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial
y urbanística sostenible de Extremadura, en vigor desde el 27 de junio de 2019.



2. Servicio de Urbanismo.



Se encuentra actualmente vigente.



• Revisión de las Normas Subsidarias de Navalvillar de Pela, aprobadas definitivamente el 29 de junio de 1992, y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia el
27 de agosto de 1992.



• Conforme lo establecido en el punto 6 del artículo 69 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura en los actos promovidos por las administraciones públicas, la aprobación de los proyectos de
obras y servicios públicos lleva implícita la calificación rústica del suelo a que afecten,
siempre que se cumplan los requisitos normativos precisos para su otorgamiento.

— La Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia. Servicio de
Infraestructuras del Medio Rural (Vías Pecuarias) informa lo siguiente: