Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023063986)
Resolución de 13 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de puesta en riego de 11,9533 ha de olivar polígono 5 parcela 284, a ubicar en el término municipal de Torre de Miguel Sesmero, cuya promotora es María José Padilla Montaño. Expte.: IA23/0238.
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Viernes 24 de noviembre de 2023



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• La finca está a pocos metros del límite de la Zona Especial de Conservación (ZEC)
“Rivera de los Limonetes - Nogales” (ES4310032).



• La puesta en riego de un cultivo existente no altera hábitats naturales ni modifica el
medio para la fauna.

— Servicio de Infraestructuras del Medio Rural de la Dirección General de Infraestructuras
Rurales, Patrimonio y Tauromaquia informa que, una vez estudiada la documentación
presentada, se informa que el proyecto no afecta a ninguna de las vías pecuarias clasificadas en el citado término municipal.
— Servicio de Ordenación y Gestión Forestal de la Dirección General de Gestión Forestal,
Caza y Pesca informa que:


• La toma de datos del Agente del Medio Natural (15-07) indica que no existe vegetación forestal en toda la parcela. Existe un cultivo de almendros de secano en 2,20 ha
aproximadamente. La zona no se encuentra en espacio protegido.



• En las ortofotos históricas se comprueba que la zona solicitada no ha presentado vegetación forestal.



• Las ortofotos históricas confirman que se trata de una zona dedicada a la siembra de
cereal y sin presencia de vegetación forestal desde hace tiempo por lo que la afección
forestal de la implantación de olivar y su puesta en riego es mínima y se informa favorablemente.

Debido a la existencia de elementos patrimoniales en las proximidades del proyecto, a
la extensión de la plantación, y con objeto de caracterizar posibles afecciones del proyecto sobre el patrimonio arqueológico no detectado en superficie que pudiera verse
afectado durante el transcurso de las obras, se deberán llevar a cabo las siguientes
medidas preventivas, con carácter previo a la ejecución de las obras:


• Consulta previa de los documentos e inventarios (Carta Arqueológica de Extremadura
e inventario de Bienes Etnográficos) en relación con las áreas de implantación del
proyecto disponibles previa solicitud en las dependencias del Servicio de Patrimonio
Cultural y Archivos Históricos.



• Realización de una prospección arqueológica superficial con carácter intensivo por
equipo técnico especializado en toda la superficie de las parcelas afectadas, así como
en áreas de servidumbres, zonas de paso para maquinaria, acopios y préstamos para
localizar, delimitar y caracterizar los yacimientos arqueológicos, paleontológicos o elementos etnográficos que pudieran localizarse a tenor de estos trabajos, siguiendo los