Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Delegación De Competencias. Delegación De Funciones. (2023063977)
Resolución de 14 de noviembre de 2023, de la Consejera, de delegación de determinadas competencias y funciones del Organismo Pagador de gastos FEAGA y FEADER en Extremadura en los titulares de las Direcciones Generales de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural, en el marco de las ayudas imputables tanto a medidas del PDR de Extremadura 2014-2022, como a intervenciones de Desarrollo Rural incluidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027.
62 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 225
Jueves 23 de noviembre de 2023

59546

5 del Decreto 299/2015, de 27 de noviembre, así como las funciones relativas a los controles
a posteriori de las operaciones de inversión siguientes:
- Medida 7 (7.6.3)
- Medida 8 (8.3.2)
- Medida 20
Tercero. Delegar expresamente en la persona titular de la Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural,
las competencias de autorización y control de los pagos propias del Organismo Pagador establecidas en los apartados 3 y 4 del artículo 5 del Decreto 299/2015, de 27 de noviembre, de
todas aquellas operaciones susceptibles de imputación a las intervenciones de desarrollo rural
del PEPAC 2023-2027 siguientes:
- 6841.2

Ayudas a inversiones en modernización y/o mejora de explotaciones agrarias

- 6843.1

Ayudas a inversiones en infraestructuras de regadíos con objetivos
ambientales

- 6843.2

Ayudas a inversiones en infraestructuras agrarias para fomento de la
competitividad

- 6871

Inversiones no productivas en servicios básicos en el medio rural

Asimismo, se delega expresamente en la Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia y en relación con las medidas del PDR 2014-2022, cuya gestión correspondió a los Servicios de Regadíos e Infraestructuras del Medio Rural, las competencias de
autorización y control de los pagos propias del Organismo Pagador establecidas en los apartados 3 y 4 del artículo 5 del Decreto 299/2015, de 27 de noviembre, así como las funciones
relativas a los controles a posteriori de las operaciones de inversión siguientes:
- Medida 4

(4.1.3, 4.3.2, 4.3.3, 4.3.4, 4.3.5, 4.3.6, 4.3.7

- Medida 7

(7.6.1, 7.8.2)

Cuarto. Queda exceptuada de esta delegación la competencia de control de los pagos en
aquellas operaciones en las que los Órganos Delegados participen como beneficiarios, dado
que el Organismo Pagador la tiene expresamente delegada en la Dirección General de Financiación Autonómica y Fondos Europeos.