Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Delegación De Competencias. Delegación De Funciones. (2023063977)
Resolución de 14 de noviembre de 2023, de la Consejera, de delegación de determinadas competencias y funciones del Organismo Pagador de gastos FEAGA y FEADER en Extremadura en los titulares de las Direcciones Generales de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural, en el marco de las ayudas imputables tanto a medidas del PDR de Extremadura 2014-2022, como a intervenciones de Desarrollo Rural incluidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027.
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NÚMERO 225
Jueves 23 de noviembre de 2023

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sobre el terreno, a posteriori y de calidad que pudieran corresponder, así como la ejecución
material de los controles de calidad respecto de los controles sobre el terreno y a posteriori
previamente seleccionados. 
A la vista de dicho acuerdo, respecto de estas operaciones (contratos, encargos a medios
propios y convenios), el Organismo Pagador seguirá siendo responsable de la ejecución material de los controles sobre el terreno y a posteriori seleccionados por la Dirección General
de Financiación Autonómica y Fondos Europeos respecto de las operaciones imputables a
dichas intervenciones de desarrollo rural incluidas en el PEPAC 2023-2027, por cuanto los
mismos no han sido objeto de delegación alguna. Los mismos se llevarán a cabo siguiendo el
procedimiento de controles cruzados que se articule por la Directora del Organismo Pagador
para garantizar la separación de funciones respecto de las operaciones imputables a las intervenciones de desarrollo rural del PEPAC 2023-2027 en las que el Organismo Pagador, o los
órganos en quienes delegue, participen como beneficiarios.
Dicho procedimiento prevé el cruce entre las diferentes direcciones generales del Organismo
Pagador, que en lo sucesivo también contemplará a Órganos Delegados como órganos controlados y, a su vez, como órganos controladores de las operaciones donde el Organismo Pagador participe como beneficiario que pudieran corresponderle. Por tanto, a partir de la firma
del presente acuerdo, los Órganos Delegados ejecutarán aquellos controles sobre el terreno y
a posteriori seleccionados por la Dirección General de Financiación Autonómica y Fondos Europeos para la Dirección General del Organismo Pagador que se le asigne en virtud del cruce
de direcciones generales que se articule.
Los Órganos Delegados asumen, respecto de aquellas operaciones susceptibles de imputación
a las intervenciones de desarrollo rural del PEPAC 2023-2027 que se relacionan en el anexo I
del presente acuerdo, con carácter general, las siguientes funciones atribuidas a los organismos
pagadores por el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/128 de la Comisión, de 21 de diciembre de
2021, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) 2021/2116 del
Parlamento Europeo y del Consejo sobre los organismos pagadores y otros órganos, la gestión
financiera, la liquidación de cuenta, los controles, las garantías y la transparencia:
1. L
 a autorización de los pagos correspondientes a aquellas operaciones susceptibles de imputación a las intervenciones de desarrollo rural incluidas en el PEPAC 2023-2027 relacionadas en este punto del acuerdo.
En relación a la solicitud de fondos FEADER, los titulares de los Servicios gestores deberán
suscribir un certificado previo (anexo VI), y después de las comprobaciones oportunas
por el Organismo Pagador, emitirán el certificado de autorización de pagos (anexo VII)
necesario para efectuar la solicitud del reembolso de la ayuda comunitaria, a partir de la