Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Delegación De Competencias. Delegación De Funciones. (2023063949)
Resolución de 14 de noviembre de 2023, de la Consejera, de delegación de determinadas competencias y funciones del Organismo Pagador de gastos FEAGA y FEADER de la Comunidad Autónoma de Extremadura en la Dirección General de Financiación Autonómica y Fondos Europeos, en relación con aquellas intervenciones del Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027 que tengan como beneficiario al Organismo Pagador, o a alguna Dirección General que no pertenezca a la estructura de la Consejería competente en materia de agricultura.
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NÚMERO 225
Jueves 23 de noviembre de 2023

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General de Prevención y Extinción de Incendios y Dirección General de Infraestructuras Rurales,
Patrimonio y Tauromaquia, a través de los titulares de las Unidades o Servicios Gestores respectivos, procederá a emitir el certificado de autorización de pagos necesario para efectuar la
solicitud del reembolso de la ayuda comunitaria, a partir de la información contenida en las listas
de comprobación administrativa cumplimentadas por el Órgano Delegado y, en su caso, de los
informes de control sobre el terreno emitidos por el propio Organismo Pagador o la dirección
general ajena a la consejería con competencias en materia de agricultura de que se trate.
Se adjunta como anexo II el modelo del certificado de autorización de pagos a suscribir por
los Servicios responsables de la gestión de las intervenciones de desarrollo rural del PEPAC
2023-2027.
Con carácter previo a la solicitud de reembolso de la ayuda comunitaria asociada a cada una de las
operaciones, el Organismo Pagador debería asegurarse de que los servicios gestores y los órganos
en quienes tenga delegadas competencias cumplimentan la información relativa a los indicadores
comunes para el seguimiento y la evaluación del Programa Estratégico de la PAC 2023-2027.
Quinto. Dentro del marco normativo que rige el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027, la
Comisión otorgan una importancia cada vez mayor a la lucha contra el fraude en la gestión
de los fondos agrícolas. Es por ello que siguiendo el principio de subsidiariedad que desde el
Parlamento Europeo y el Consejo se promueven en los reglamentos (UE) 2021/2115, (UE)
2021/2116 y (UE) 2021/2117, España como estado miembro ha aprobado la Ley 30/2022, de
23 de diciembre, por la que se regulan el sistema de gestión de la Política Agraria Común y
otras materias conexas, cuya entrada en vigor se establece el 2 de enero de 2023, así como
un paquete normativo de desarrollo de la ley. Dentro de este paquete normativo se encuentra
el Real Decreto 1046/2022, de 27 de diciembre, por el que se regula la gobernanza del Plan
Estratégico de la Política Agrícola Común en España y de los fondos agrícolas FEAGA y FEADER, en cuyo artículo 25 Lucha contra el fraude y conflicto de intereses, se insta a los organismos pagadores al “reforzamiento de la prevención, detección y lucha contra el fraude de las
intervenciones o medidas de la PAC financiadas con fondos FEAGA y FEADER dentro del marco
de la Estrategia nacional de prevención y lucha contra el fraude a los intereses financieros de
la Unión Europea, y normativa nacional antifraude”.
En virtud de las prescripciones contenidas en el Real Decreto de Gobernanza, y a fin de cumplir con los requerimientos que en él se contemplan, se ha aprobado por la Dirección del Organismo Pagador el “Manual de Procedimiento de Estrategias Antifraude del Organismo Pagador
de las intervenciones y medidas de la política agraria común con cargo al presupuesto de la
Unión Europea a través del FEAGA y del FEADER en Extremadura” de aplicación obligatoria
por todas las unidades que integran el citado organismo y, por extensión, también aplicable
por aquellos órganos que ejecuten por delegación algunas de sus funciones.