Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023063987)
Resolución de 13 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Punto limpio en el polígono 1, parcela 201, paraje "Linarejo", a ubicar en el término municipal de Higuera de Albalat (Cáceres)", cuyo promotor es el Ayuntamiento de Higuera de Albalat (Cáceres). Expte.: IA23/0647.
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NÚMERO 225
Jueves 23 de noviembre de 2023



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16. T
 odas las maniobras de mantenimiento de la maquinaria se realizarán en instalaciones adecuadas para ello (cambios de aceite, lavados, etc.), evitando los posibles vertidos accidentales al medio. Los aceites usados y residuos peligrosos que
pueda generar la maquinaria de la obra se recogerán y almacenarán en recipientes
adecuados para su evacuación y tratamiento por gestor autorizado. Se habilitarán
contenedores para los residuos no peligrosos generados durante las obras para su
retirada por gestor autorizado. En todo caso se cumplirá toda la normativa relativa
a residuos.



17. S
 e pondrá especial cuidado en el manejo de lubricantes y sustancias tóxicas, con el
fin de evitar vertidos y escapes accidentales. Únicamente podrán utilizarse sustancias homologadas, siguiendo en todo momento las instrucciones de uso y mantenimiento del fabricante.



18. P
 ara minimizar la emisión de contaminantes y ruidos a la atmósfera la maquinaria
debe estar puesta a punto en cuanto a los procesos responsables de sus emisiones,
cumpliendo lo dispuesto en el Real Decreto 212/2002, de 22 de febrero, por el que
se regulan las emisiones sonoras en el entorno debidas a determinadas máquinas
de uso al aire libre.



19. L
 os residuos de construcción y demolición que se pudieran generar durante la ejecución del proyecto se deberán separar adecuadamente y entregar a una planta de
reciclaje autorizada para su tratamiento, cumpliendo en todo caso lo establecido
en el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y
gestión de los residuos de construcción y demolición, y en el Decreto 20/2011, de
25 de febrero, por el que se establece el régimen jurídico de la producción, posesión
y gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma
de Extremadura.



20. A
 ntes del comienzo de la obra del “Punto limpio” el propietario debe de retirar todos
los residuos existentes en la parcela de actuación, dichos residuos deben ser clasificados y llevados a gestor autorizado. Dicha actuación debe quedar reflejada en los
correspondientes certificados emitidos por dichos gestores.



21. L
 a actuación se desarrolla en suelos de sierra quedando recogida en el Plan Territorial de Campo Arañuelo artículo 75, de instalaciones destinadas a la gestión de
residuos urbanos inertes y agrícolas, no se detecta en la documentación facilitada
el cumplimiento del artículo 75.6 en lo referido a la instalación de pantalla vegetal
que minimice el impacto paisajístico de la misma, por lo que se debe modificar el
vallado perimetral existente conforme al artículo 75, según se recoge en el PTCA.