Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Servicios Mínimos. (2023050212)
Orden de 22 de noviembre de 2023 por la que se establecen servicios mínimos en el ámbito del transporte sanitario aéreo del Servicio Extremeño de Salud durante la situación de huelga convocada para el 24 de noviembre de 2023.
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NÚMERO 225

59482

Jueves 23 de noviembre de 2023

Los servicios mínimos fijados resultan del todo imprescindibles para mantener la adecuada
cobertura del servicio de emergencias sanitarias de Extremadura, que en ninguna circunstancia puede quedar desasistido por las propias características del servicio dispensado.
Segundo. La empresa debe adoptar las medidas necesarias para garantizar los servicios mínimos fijados, incluyendo la designación de los trabajadores que deban prestar los servicios,
debiendo comunicarles tal circunstancia de manera inmediata, de modo individual y fehaciente, de forma que quede constancia documental de dicha comunicación.
Tercero. La presente Orden producirá efectos desde su firma y se extenderá durante el día
de la convocatoria de huelga extinguiéndose con la desconvocatoria.
Cuarto. Esta Orden agota la vía administrativa y podrá ser recurrida potestativamente en
reposición ante el titular de la Consejería de Salud y Servicios Sociales en el plazo de un mes,
computado desde el día siguiente al de la recepción de su notificación o su publicación, o ser
impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior
de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses contados desde la recepción de su notificación, sin perjuicio de cualquier otro recurso que estimen procedente interponer en defensa
de sus intereses.
Mérida, 22 de noviembre de 2023.
La Consejera de Salud y Servicios
Sociales,
SARA GARCÍA ESPADA