Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023063893)
Resolución de 13 de noviembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura (UEX) por el que se concede una subvención en el año 2023, para el desarrollo e impartición de formación universitaria de Postgrado en materia de Prevención de Riesgos Laborales de conformidad con el VIII Plan de Actuación de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la Prevención de Riesgos Laborales (2020-2023).
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NÚMERO 224
Miércoles 22 de noviembre de 2023

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6/2011, y conforme a las instrucciones que a tal fin dicte la Dirección General de Trabajo,
mediante la presentación, en cada una de las justificaciones parciales que se presenten y en
la justificación final, por el representante legal de la UEx, de la siguiente documentación:
— Memoria económica de actividades realizadas que han sido financiadas a través de la
presente subvención y su coste, con el desglose de cada uno de los gastos incurridos.
— Certificación de ingresos y gastos acompañada de los correspondientes documentos
justificativos acreditativos del gasto y pago realizado correspondientes a las actividades
objeto de financiación, mediante la presentación de facturas y demás documentos de
valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia
administrativa.
— Acreditación gráfica de que se han adoptado las medidas de difusión y publicidad establecidas en la cláusula octava, apartado g), del presente Convenio.
Todo ello, sin perjuicio de que la citada entidad deba conservar todos los documentos originales acreditativos del gasto o pago a disposición de la Consejería de Economía, Empleo y
Transformación Digital y de los órganos de control financiero de la Junta de Extremadura, y
en su caso, del Tribunal de Cuentas.
La fecha límite para efectuar en firme los pagos que correspondan con el gasto imputado
debe estar comprendida entre el inicio del período de ejecución de la actuación, o periodo
subvencionable, que comprenderá todo el ejercicio 2023, y el final del período de justificación,
que se extenderá hasta el 15 de febrero de 2024. Los pagos corresponderán en todo caso a
actuaciones realizadas dentro del periodo de ejecución.
Los gastos por importe superior a 300 euros no podrán realizarse en efectivo o en metálico,
quedando excluidos los gastos que no cumplan este requisito. En consecuencia, para acreditar
la realización del pago de gastos superiores a dicha cantidad el sistema es la transferencia
bancaria o la domiciliación bancaria de los gastos, debiendo acompañase a la factura el justificante de pago bancario (cartilla, extracto bancario, adeudo o movimiento bancario). Los
gastos de importe no superior a 300 euros que no se realicen por transferencia o domiciliación bancaria, deberán realizarse a través de medios de pago que en todo caso permitan la
comprobación de su efectiva realización. No será admitido ningún gasto cuyo pago no pueda
acreditarse conforme a lo establecido en esta cláusula.
Las cantidades abonadas por la Junta de Extremadura que no respondan de manera indubitada a la naturaleza de la actividad subvencionada o no sean justificadas en los gastos por
la UEx, conforme a lo establecido en el artículo 36 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, serán
reintegradas a la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de acuerdo con el