Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Empleo Público. (2023063901)
Resolución de 13 de noviembre de 2023, de la Consejera, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura de 7 de noviembre de 2023, por el que se autoriza al Consorcio Extremeño de Información al Consumidor una tasa específica para la contratación indefinida de personal, prevista en el apartado 4 del artículo 20.Dos de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
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NÚMERO 223
Martes 21 de noviembre de 2023

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ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA JUNTA DE EXTREMADURA,
POR EL QUE SE AUTORIZA AL CONSORCIO EXTREMEÑO DE INFORMACIÓN AL
CONSUMIDOR UNA TASA ESPECÍFICA PARA LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA
DE PERSONAL, PREVISTA EN EL APARTADO 4 DEL ARTÍCULO 20.DOS DE LA
LEY 31/2022, DE 23 DE DICIEMBRE, DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL
ESTADO PARA EL AÑO 2023.
Uno de los principales problemas del mercado laboral en España ha sido la temporalidad del
empleo que lastra la competitividad y productividad de nuestra economía y dificulta una ciudadanía plena en el trabajo.
Esta situación afecta al empleo en general y al empleo público en particular. En relación al
primero mediante el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para
la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo se llevaron a cabo una serie de medidas entre las que está el reforzamiento
del contrato indefinido mediante la simplificación de los tipos de contratos, generalizando la
contratación indefinida al convertirla en la regla general y devolviendo al contrato temporal
la causalidad que se corresponde con la duración limitada, evitando una utilización abusiva
de la misma.
Por lo que se refiere al empleo en el sector público en España, su evolución también viene
marcada por el aumento de la tasa de temporalidad, que ha llegado al extremo de que casi un
treinta por ciento de los empleados públicos en España tienen o han tenido un vínculo profesional temporal con la Administración Pública. En coherencia con ello, la Ley 20/2021, de 28
de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público
establece como objetivo que la tasa de cobertura temporal se situé por debajo del ocho por
ciento de las plazas estructurales.
El artículo 20.Uno de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, tras establecer en su apartado 1 que la incorporación de personal de
nuevo ingreso con una relación indefinida en el sector público se llevará a cabo a través de la
Oferta de Empleo Público, como plasmación del ejercicio de la planificación en un marco plurianual, añade en su apartado 2 que las sociedades mercantiles públicas y entidades públicas
empresariales, fundaciones del sector público y consorcios participados mayoritariamente por
las Administraciones y Organismos que integran el sector público se regirán por lo establecido
en las disposiciones adicionales vigésima primera, vigésima segunda y vigésima tercera.
Por su parte, el apartado 4 del citado artículo 20.Dos prevé que cada Administración “...
podrá autorizar, con carácter extraordinario, una tasa específica que sea necesaria para dar
cumplimiento del objetivo previsto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgen-