Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023063871)
Resolución de 11 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Transformación en riego por goteo de rotación cereales y hortícolas en la finca "Los Ahogos", sobre una superficie total de 36,4156 ha", en el término municipal de Badajoz (Badajoz), cuyo promotor es Enrique Falcó Carrión. Expte.: IA22/0506.
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NÚMERO 222
Lunes 20 de noviembre de 2023

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lancia, conservación y salvamento; y varado y amarre de embarcaciones en caso de
necesidad.


— una zona de policía de 100 metros de anchura en la que se condiciona el uso del
suelo y las actividades que se desarrollen. De acuerdo con el artículo 9 del mismo
Reglamento, cualquier obra o trabajo en la zona de policía de cauces (que incluye
también la zona de servidumbre para uso público) precisará autorización administrativa previa del Organismo de cuenca. Dicha autorización será independiente de cualquier otra que haya de ser otorgada por los distintos órganos de las Administraciones
Públicas.
Los cruces subterráneos de cualquier tipo de conducción con un cauce que constituya el
DPH del Estado, se deben proyectar enterrados, quedando al menos un resguardo de 1
metro entre la cara superior de la obra de cruce con el lecho del río.



— Consumo de agua: según la documentación aportada, la superficie de riego del proyecto requiere un volumen de agua que asciende a la cantidad de 218.488,79 m3/
año. Se indica asimismo que dicho volumen de agua provendrá de una captación
superficial del Canal de Montijo.
Según los datos obrantes en este organismo, el promotor solicitó, con fecha 17/02/2021,
una concesión de aguas superficiales, la cual se tramita con la referencia CONC 007/2021
(n.º de expediente 142/2021), para riego de 36,4156 ha de cereales y hortícolas en la
parcela 3 del polígono 763 y las parcelas 1 y 2 del polígono 765 del término municipal
de Badajoz (Badajoz), a partir de una captación de aguas superficiales del Canal de
Montijo. El volumen en tramitación es de 218.493,60 m3/año.
En cualquier caso, se estaría a lo dispuesto en la correspondiente resolución sobre la
tramitación de la solicitud de concesión de aguas superficiales.
Según lo dispuesto en la Orden ARM/1312/2009, de 20 de mayo, por la que se regulan
los sistemas para realizar el control efectivo de los volúmenes de agua utilizados por
los aprovechamientos de agua del DPH, de los retornos al citado DPH y de los vertidos
al mismo, para el control del volumen derivado por las captaciones de agua del DPH, el
titular del mismo queda obligado a instalar y mantener a su costa un dispositivo de medición de los volúmenes o caudales de agua captados realmente (contador o aforador).



— Infraestructuras gestionadas por este Organismo de cuenca: la superficie de riego
se ubica fuera de la zona regable Montijo, aunque adyacente al canal de Montijo, del
cual se abastece a través de una captación superficial. Deberán respetarse todas las
infraestructuras de regadío, así como sus zonas expropiadas.