Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2023063913)
Resolución de 11 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, en el procedimiento de autorización ambiental integrada del proyecto de ampliación de una fábrica de fertilizantes y abonos agrícolas, promovido por Fertiex, SL, en el término municipal de Don Benito.
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NÚMERO 222
Lunes 20 de noviembre de 2023

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32. L
 a DGS podrá efectuar cuantas inspecciones y comprobaciones considere necesarias para
comprobar el estado del suelo, así como requerir al promotor para que lleve a cabo análisis del mismo, sin vinculación alguna al contenido de la documentación presentada o
aportada por el titular de la instalación.
33. E
 n el caso de producirse cualquier incidente en la actividad que pueda causar una afección al suelo, así como si en el emplazamiento se detectaran indicios de contaminación
del suelo, el titular de la actividad informará inmediatamente de estas circunstancias a la
DGS, a fin de adoptar las medidas que se estimen necesarias.
Ruidos:
34. E
 n el plazo de un año indicado en el apartado f. Plan de ejecución, se procederá a la medición de ruidos para asegurar que se cumplen las prescripciones establecidas en esta
resolución.
35. P
 osteriormente, para asegurar que se siguen cumpliendo las prescripciones establecidas
en esta resolución, se realizarán nuevas mediciones de ruidos justo después del transcurso de un mes desde la finalización de cualquier modificación de la instalación que pueda
afectar a los niveles de ruidos.
36. E
 l titular de la instalación industrial debe comunicar, con una antelación de, al menos, una
semana, el día que se llevarán a cabo las mediciones de ruidos referidas en el apartado anterior, cuyos resultados serán remitidos a la DGS en el plazo de un mes desde la medición.
37. L
 as mediciones de ruidos se realizarán mediante los procedimientos y condiciones establecidos en la normativa vigente en la materia.
Suministro de información:
38. C
 on independencia de lo establecido en el punto h.1, el titular deberá remitir, anualmente,
durante los dos primeros meses de cada año natural, a la DGS una declaración responsable, suscrita por técnico competente, sobre el cumplimiento de las condiciones recogidas
en la autorización ambiental integrada y copia de los resultados de los controles periódicos de emisión de contaminantes al medio ambiente realizados durante el año anterior.
- i - Actuaciones y medidas en situaciones de condiciones anormales de
funcionamiento.
Fugas y fallos de funcionamiento:
1. E
 n caso de que se produjese un incidente o accidente de carácter ambiental, incluyendo la
superación de los valores límite de emisión de contaminantes o el incumplimiento de cualquier otra condición de la AAI, el titular de la instalación deberá: