Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2023063865)
Resolución de 9 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada de la fábrica de envases y embalajes metálicos ligeros, promovida por Crown Food España, SAU, en el término municipal de Mérida.
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NÚMERO 221
Viernes 17 de noviembre de 2023

58681

— Acreditación del cumplimiento de los niveles de recepción externa de ruidos. A tal efecto
deberá presentarse el informe de medición de ruidos referido en el artículo 26 del Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de Reglamentación de Ruidos y Vibraciones.
— Los informes de los últimos controles externos de las emisiones a la atmósfera.
— El certificado de cumplimiento de los requisitos de contaminación lumínica en virtud
del Real decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, acompañando de la correspondiente
medición.
— Plan de control y seguimiento de los elementos con riesgo potencial de contaminación
del suelo, que se aplicará desde el inicio de la actividad.
— La documentación que acredite el cumplimiento de la constitución de la garantía financiera obligatoria, regulada por la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad
Medioambiental.
i) Vigilancia y seguimiento
1. S
 erá preferible que el muestreo y análisis de todos los contaminantes, se realice con arreglo a las normas CEN. En ausencia de las normas CEN, se aplicarán las normas ISO, las
normas nacionales, las normas internacionales u otros métodos alternativos que estén
validados o acreditados, siempre que garanticen la obtención de datos de calidad científica
equivalente.
2. L
 os equipos de medición y muestreo dispondrán, cuando sea posible, de un certificado oficial de homologación para la medición de la concentración o el muestreo del contaminante
en estudio. Dicho certificado deberá haber sido otorgado por alguno de los organismos
oficialmente reconocidos en los Estados miembros de la Unión Europea, por los países firmantes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o, cuando haya reciprocidad, en
terceros países.
3. L
 a DGS, en el ámbito de sus competencias, aprobará la localización de los puntos de medición y muestreo, que deberán ser accesibles para la realización de las medidas necesarias.
4. C
 on independencia de los controles referidos en los apartados siguientes, la DGS, en el
ejercicio de sus competencias, podrá efectuar y requerir cuantos análisis e inspecciones
estimen convenientes para comprobar el rendimiento y funcionamiento de las instalaciones
autorizadas.
5. E
 l titular de la instalación industrial deberá prestar al personal acreditado por la administración competente toda la asistencia necesaria para que ésta pueda llevar a cabo cualquier