Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023063856)
Resolución de 7 de noviembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura y la Diputación Provincial de Cáceres para la ejecución del Plan de sostenibilidad turística en destino denominado "Plan de sostenibilidad turística en destino del Valle del Alagón" financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea Next-GenerationEU".
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NÚMERO 221
Viernes 17 de noviembre de 2023

58596

— El incumplimiento por parte de la Diputación Provincial de Cáceres, de las obligaciones
y compromisos adquiridos y, en particular, la no certificación de los gastos financiables
podrá dar lugar, en caso de no subsanarse, al inicio del procedimiento de reintegro por
la totalidad de las cantidades percibidas y a la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento de la aportación anticipada, de acuerdo a la normativa
aplicable.
— Se consideran, además, como causas de incumplimiento: no lograr, en todo o en parte, los objetivos previstos; el no poder acreditar el logro de los objetivos por falta de
fiabilidad de los indicadores reportados por la entidad local respecto a las actuaciones
previstas; y, la no utilización de las cantidades recibidas para las medidas para las que
se transfirieron.
— Dará lugar al reintegro de los Fondos percibidos, el incumplimiento total de las actuaciones previstas en el PSTD para las que se concedieron aquéllos o de la obligación de
justificación, así como el incumplimiento de los requisitos establecidos en el anexo VI
para considerar que el proyecto no causa daño significativo al medioambiente (DNSH).
— Procederá el reintegro por incumplimiento de la adopción de las medidas de publicidad
de la financiación pública recibida cuando la entidad no adopte las medidas establecidas
en la cláusula Decimotercera.
— Transcurrido el plazo establecido de justificación, más, en su caso, la ampliación concedida sin haberse presentado la misma, se requerirá a la Diputación Provincial para que
en el plazo improrrogable de 15 días hábiles sea presentada. La falta de presentación
de la justificación en el plazo establecido llevará consigo la exigencia del reintegro de
los Fondos no justificados y demás responsabilidades establecidas legalmente.
4. D
 e igual modo, de conformidad con el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo, celebrada el 29 de marzo de 2022, en el que se aprueban los criterios de distribución y reparto
territorial de créditos destinados a la financiación de actuaciones de inversión por parte de
entidades locales en el marco del Componente 14 Inversión 1 del PRTR, las consecuencias
de los posibles incumplimientos por parte de las comunidades autónomas conllevará la devolución total o parcial de la ayuda adjudicada en caso de no realizarse el gasto o en caso
de incumplimiento total o parcial de los objetivos previstos.
Serán causa de devolución total o parcial, entre otros motivos:
— No lograr, en todo o en parte, los hitos y objetivos previstos: reintegro al menos cuando
el incumplimiento impida el retorno de fondos europeos al Tesoro y en el importe del