Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023063856)
Resolución de 7 de noviembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura y la Diputación Provincial de Cáceres para la ejecución del Plan de sostenibilidad turística en destino denominado "Plan de sostenibilidad turística en destino del Valle del Alagón" financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea Next-GenerationEU".
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NÚMERO 221
Viernes 17 de noviembre de 2023
58579
Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al
Presupuesto General de la Unión (Reglamento Financiero).
3. L
as actuaciones financiadas por estas líneas de inversión podrán obtener financiación a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO), así como del Banco Europeo de Inversiones (BEI)
siempre que dicha financiación no se destine a cubrir los mismos costes que los cubiertos
por esta financiación de los Fondos Europeos NextGenerationUE.
4. L
a Diputación Provincial podrá aportar fondos adicionales para mantener todas las actuaciones previstas en los correspondientes proyectos.
5. L
a Diputación Provincial deberá informar acerca de todos los fondos recibidos para la financiación de las actuaciones, sean de origen comunitario u otros, siempre respetando el
principio de la prevención de la doble financiación.
Séptima. Obligaciones de las partes intervinientes.
1. L
a Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura como
entidad beneficiaria y la Diputación Provincial de Cáceres, como destinataria final, entidad
ejecutora de la puesta en marcha de este PSTD, asumen una serie de obligaciones, sin
perjuicio del cumplimiento de todas aquellas otras contenidas en el presente documento y
en las normas aplicables en su desarrollo.
Con carácter general, ambas administraciones están sometidas a las disposiciones comunitarias relacionadas con el Mecanismo y, concretamente, a la Orden HFP/1030/2021, de
29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia y la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que
se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las entidades del sector público estatal, autonómico y local (BOE de 30 septiembre), en cuanto a la
gestión y ejecución del PSTD objeto de este convenio.
Ambas administraciones están obligadas a guardar la trazabilidad de cada una de las actuaciones, de los fondos y seguimiento de aquéllas, con la finalidad de que se alcance el
cumplimiento de los hitos, objetivos y medición de los indicadores establecidos.
Las partes intervinientes incorporarán al expediente de tramitación del convenio, el modelo de declaración de ausencia de conflictos de intereses (DACI), según el Anexo II. Este
documento se suscribirá por todas aquellas personas que directamente intervengan en el
procedimiento, tanto en el momento de su puesta en marcha, como durante su ejecución.
Viernes 17 de noviembre de 2023
58579
Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al
Presupuesto General de la Unión (Reglamento Financiero).
3. L
as actuaciones financiadas por estas líneas de inversión podrán obtener financiación a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO), así como del Banco Europeo de Inversiones (BEI)
siempre que dicha financiación no se destine a cubrir los mismos costes que los cubiertos
por esta financiación de los Fondos Europeos NextGenerationUE.
4. L
a Diputación Provincial podrá aportar fondos adicionales para mantener todas las actuaciones previstas en los correspondientes proyectos.
5. L
a Diputación Provincial deberá informar acerca de todos los fondos recibidos para la financiación de las actuaciones, sean de origen comunitario u otros, siempre respetando el
principio de la prevención de la doble financiación.
Séptima. Obligaciones de las partes intervinientes.
1. L
a Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura como
entidad beneficiaria y la Diputación Provincial de Cáceres, como destinataria final, entidad
ejecutora de la puesta en marcha de este PSTD, asumen una serie de obligaciones, sin
perjuicio del cumplimiento de todas aquellas otras contenidas en el presente documento y
en las normas aplicables en su desarrollo.
Con carácter general, ambas administraciones están sometidas a las disposiciones comunitarias relacionadas con el Mecanismo y, concretamente, a la Orden HFP/1030/2021, de
29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia y la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que
se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las entidades del sector público estatal, autonómico y local (BOE de 30 septiembre), en cuanto a la
gestión y ejecución del PSTD objeto de este convenio.
Ambas administraciones están obligadas a guardar la trazabilidad de cada una de las actuaciones, de los fondos y seguimiento de aquéllas, con la finalidad de que se alcance el
cumplimiento de los hitos, objetivos y medición de los indicadores establecidos.
Las partes intervinientes incorporarán al expediente de tramitación del convenio, el modelo de declaración de ausencia de conflictos de intereses (DACI), según el Anexo II. Este
documento se suscribirá por todas aquellas personas que directamente intervengan en el
procedimiento, tanto en el momento de su puesta en marcha, como durante su ejecución.