Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023063844)
Resolución de 7 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental relativo al proyecto de "Puesta en riego por goteo de 78,31 ha de olivar en la finca "El Carrasquillo"", en el término municipal de Almoharín (Cáceres). Expte.: IA22/1090.
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NÚMERO 220
Jueves 16 de noviembre de 2023

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Por otro lado, el documento ambiental incorpora una serie de medidas, como las relativas a la limitación de las obras de ejecución y de las actividades agrícolas propias en los
periodos más críticos para las especies autóctonas, como por la noche, durante la cría
o en los momentos de escasez de recursos alimenticios, mediante una temporalización
adecuada de los trabajos; la retirada de los cerramientos interiores inadecuados, aunque manteniendo los muros de piedra existentes como refugio de fauna; la limitación
en altura de los árboles, para evitar molestias a la avifauna estepárica; o la creación de
una isla de biodiversidad interior donde se realicen siembras y mejoras específicas para
la fauna.
Por lo tanto, en cuanto a los impactos generados tanto en la fase de construcción
como en la fase de explotación, éstos podrán ser mitigados y considerados compatibles
siempre y cuando se cumplan las medidas establecidas al efecto tanto en el presente
informe, así como las indicadas en el documento ambiental.


3.3.5. Vegetación y hábitats naturales.

Las zonas que se dedican a la explotación agrícola presentan vegetación natural, apareciendo intercalada entre las diferentes parcelas en explotación y en sus alrededores y lindes.
Según se indica en el Informe Forestal, la serie de vegetación correspondiente a la zona de
actuación sería, según el mapa de series de vegetación de España (Rivas Martínez, 1987,
Madrid), Mesomediterránea luso-extremadurense silícola de Quercus rotundifolia.
En el documento ambiental, se indican una serie de medidas en relación a la protección de
las encinas existentes en la zona a transformar, la limitación de los trabajos a la superficie
de plantación definida preservando el estado de las lindes y de las zonas de reserva establecidas por el promotor, la realización de procedimientos de laboreo mínimos, el cuidado
de la vegetación autóctona que surja asociada a las lindes y a las instalaciones realizadas,
al tiempo que se llevará a cabo una gestión de buenas prácticas agrícolas, en aplicación de
lo que se indica en la Orden de 16 de junio de 2014, por la que se regula la aplicación de la
condicionalidad y se establecen los requisitos legales de gestión y las buenas condiciones
agrarias y medioambientales en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Se aconseja el fomento de técnicas de agricultura ecológica, evitando la siega química
con herbicida, procurando el mantenimiento de la cubierta vegetal entre calles y ser
eliminada mediante desbrozadoras con roza al aire (desbrozadora manual o mecánica
acoplada a la toma de fuerza de un tractor), para reducir el riesgo de erosión y pérdida
de suelo, ventaja que permite que las especies herbáceas anuales que crecen antes de
que el suelo sea labrado, supongan un recurso para algunas especies fitófagas; y por
otra parte la conservación de estos ecosistemas antrópicos precisa de la continuidad de
la intervención humana sobre el territorio, siempre de manera sostenible.