Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Concurso De Traslados. (2023063915)
Resolución de 15 de noviembre 2023, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convoca concurso de traslados de personal funcionario docente de los Cuerpos de Inspectores al servicio de la Administración educativa e Inspectores de Educación.
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NÚMERO 220
Jueves 16 de noviembre de 2023

58352

La música impresa- solo partituras- no abarca los registros sonoros ni los libros con temática musical en soporte

papel o DVD, CD-Rom, Internet, etc... En las grabaciones musicales debe figurar el Depósito Legal.

Las Comunicaciones a congresos publicadas en los medios especificados en el baremo y debidamente justificadas se
valorarán con 0,05 (Dividido por el nº de autores. Mínimo 0,025).
4.2. Valoración del trabajo desarrollado.
A efectos de este subapartado no se valorará el desempeño de puestos en la Universidad.


4.2.5. Por cada año de servicio en puestos de la Administración Educativa:
a)

Dentro del ámbito de esta Comunidad Autónoma únicamente se valorará el desempeño de plazas y

puestos en los siguientes órganos de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, con

competencias en materia de educación no universitaria:
b)

Secretaría General de Educación y Formación Profesional.
Dirección General de Personal Docente.

Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa.
Delegaciones Provinciales de Educación.

Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios.

Asimismo, se valorarán los puestos desempeñados equivalentes a los señalados en el Ministerio de
Educación y Formación Profesional o en otras Administraciones educativas de las Comunidades

Autónomas. En ningún caso se valorará por este subapartado el desempeño de puestos en la Universidad.
c)

En el caso de desempeño simultáneo con los cargos y funciones previstos en los subapartados 4.2.1,

4.2.2, 4.2.3, 4.2.4 y 4.2.5 no se acumulará la puntuación valorándose el que pudiera resultar más
ventajoso para el concursante.

Los méritos previstos en el subapartado 4.2.5. serán aportados de oficio por la Consejería de Educación, Ciencia y
Formación Profesional siempre que los puestos se hayan desempeñado en la Administración Educativa de

Extremadura.