Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Concurso De Traslados. (2023063915)
Resolución de 15 de noviembre 2023, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convoca concurso de traslados de personal funcionario docente de los Cuerpos de Inspectores al servicio de la Administración educativa e Inspectores de Educación.
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NÚMERO 220

58336

Jueves 16 de noviembre de 2023

ANEXO I
ESPECIFICACIONES A LAS QUE DEBE AJUSTARSE EL BAREMO DE PRIORIDADES PARA LA

PROVISIÓN MEDIANTE CONCURSO DE TRASLADOS DE ÁMBITO AUTONÓMICO DE
PUESTOS CORRESPONDIENTES A LOS CUERPOS DE INSPECTORES AL SERVICIO DE LA
ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA Y DE INSPECTORES DE EDUCACIÓN.
MÉRITOS

VALORACIÓN

DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS

1. Antigüedad
1.1.

Por

cada

año

de

permanencia

Hoja

ininterrumpida, como personal funcionario de
carrera con destino definitivo, en la misma

el

primer

y

años……….….……...…………

segundo

expedida

por

la

diligencias de las distintas posesiones y

territoriales en que esté organizada la inspección

Por

servicios

título administrativo o credencial con

plantilla provincial o, en su caso, de las unidades
educativa.

de

Administración educativa competente o

ceses
2,0000 puntos por
año

que

haya

nombramiento

tenido

como

desde

funcionaria

su

o

funcionario de carrera o, en su caso, de
los

correspondientes documentos

de

inscripción en los Registros de Personal.

La fracción de año se computará a razón de
0,1666 puntos por cada mes completo.
Por

el

tercer

año

…………………………………...……...

4,0000 puntos por
año

La fracción de año se computará a razón de
0,3333 puntos por cada mes completo.
Por

el

cuarto

……………………….....……...

y

siguientes

6,0000 puntos por
año

La fracción de año se computará a razón de
0,5000 puntos por cada mes completo.

En el caso del personal funcionario obligado a concursar por haber perdido su destino definitivo en cumplimiento
de sentencia o resolución de recurso, por provenir de la situación de excedencia forzosa o por supresión expresa

con carácter definitivo de su plaza, se considerará como puesto desde el que participa, a los fines de determinar
los servicios a que se refiere este subapartado, el último servido con carácter definitivo, al que se acumularán, en
su caso, los prestados provisionalmente, con posterioridad, en cualquier puesto de inspección educativa.

Igualmente, los mismos criterios serán de aplicación al personal funcionario que participe desde el destino
adjudicado en cumplimiento de sanción disciplinaria, de traslados forzoso, con cambio de localidad de destino.