Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Concurso De Traslados. (2023063914)
Resolución de 15 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convoca concurso de traslados de personal funcionario docente de los cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Especialistas en sectores singulares de la Formación Profesional Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Músicas y Artes Escénicas, Catedráticos y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros.
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NÚMERO 220
Jueves 16 de noviembre de 2023
58155
d) Quienes deseen ejercitar un derecho preferente para la obtención de destino deberán estar
a lo que se determina en la base duodécima de esta convocatoria.
Undécima. Participación forzosa.
El Personal funcionario dependiente de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional:
11.1. Está obligado a participar respecto a las plazas anunciadas en esta convocatoria, dirigiendo su solicitud a la Dirección General de Personal Docente de la Consejería de
Educación, Ciencia y Formación Profesional, en los términos indicados en la base decimocuarta, el personal funcionario que se encuentre en alguna de las situaciones que se
indican a continuación:
a) P
ersonal funcionario que, procedente de la situación de excedencia o suspensión de
funciones con pérdida de su destino definitivo, tenga, con anterioridad a la fecha de
publicación de esta convocatoria, un destino con carácter provisional en el ámbito de
gestión de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional.
E
n el supuesto de que no participe en el presente concurso o no solicite suficiente número de plazas vacantes, será destinado forzosamente siempre que exista vacante,
en centros del ámbito de gestión de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación
Profesional de la Junta de Extremadura. Para ello se atenderá al orden en el que los
centros figuran en los anexos correspondientes o a la prelación de las provincias manifestada.
E
n el caso de no obtener destino definitivo se le declarará pendiente de destino provisional.
b) El personal funcionario que se encuentre en la situación de excedencia forzosa o suspensión de funciones con pérdida de su centro de destino, que cumplida la sanción
no haya obtenido un reingreso provisional y que haya sido declarado en estas situaciones desde un centro del ámbito de gestión de la Consejería de Educación, Ciencia
y Formación Profesional.
E
l personal funcionario incluido en el párrafo anterior, en el supuesto de no participar
en el presente concurso o, si participando, no solicitara suficiente número de centros
del ámbito de gestión de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, cuando no obtuviera destino definitivo, quedará en la situación de excedencia
voluntaria, contemplada en el apartado a) del artículo 89.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público.
Jueves 16 de noviembre de 2023
58155
d) Quienes deseen ejercitar un derecho preferente para la obtención de destino deberán estar
a lo que se determina en la base duodécima de esta convocatoria.
Undécima. Participación forzosa.
El Personal funcionario dependiente de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional:
11.1. Está obligado a participar respecto a las plazas anunciadas en esta convocatoria, dirigiendo su solicitud a la Dirección General de Personal Docente de la Consejería de
Educación, Ciencia y Formación Profesional, en los términos indicados en la base decimocuarta, el personal funcionario que se encuentre en alguna de las situaciones que se
indican a continuación:
a) P
ersonal funcionario que, procedente de la situación de excedencia o suspensión de
funciones con pérdida de su destino definitivo, tenga, con anterioridad a la fecha de
publicación de esta convocatoria, un destino con carácter provisional en el ámbito de
gestión de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional.
E
n el supuesto de que no participe en el presente concurso o no solicite suficiente número de plazas vacantes, será destinado forzosamente siempre que exista vacante,
en centros del ámbito de gestión de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación
Profesional de la Junta de Extremadura. Para ello se atenderá al orden en el que los
centros figuran en los anexos correspondientes o a la prelación de las provincias manifestada.
E
n el caso de no obtener destino definitivo se le declarará pendiente de destino provisional.
b) El personal funcionario que se encuentre en la situación de excedencia forzosa o suspensión de funciones con pérdida de su centro de destino, que cumplida la sanción
no haya obtenido un reingreso provisional y que haya sido declarado en estas situaciones desde un centro del ámbito de gestión de la Consejería de Educación, Ciencia
y Formación Profesional.
E
l personal funcionario incluido en el párrafo anterior, en el supuesto de no participar
en el presente concurso o, si participando, no solicitara suficiente número de centros
del ámbito de gestión de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, cuando no obtuviera destino definitivo, quedará en la situación de excedencia
voluntaria, contemplada en el apartado a) del artículo 89.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público.