Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Comercio. Ayudas. (2023063845)
Resolución de 30 de octubre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al ejercicio 2024 de ayudas para la internacionalización de la empresa extremeña y la mejora de las condiciones de comercialización exterior.
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NÚMERO 219
Miércoles 15 de noviembre de 2023



58041

— En el caso de gasto de transporte y, según se realice el mismo:



• Carta de porte nacional.



• Carta de porte internacional (CMR).



• Carta de porte ferroviario (CIM).



• Conocimiento de embarque marítimo (B/L).



• Conocimiento de embarque aéreo (AWB).



• Documento de transporte multimodal (DIM).

— En el caso de gastos de material promocional, muestras del material promocional
realizado.
i) En el caso de consultoría para la internacionalización digital:


— Copia del documento elaborado (entregable).

j) En el caso de material promocional en formato digital enfocado a mercados exteriores:


— Copia del material promocional en formato digital realizado.



— En el supuesto de edición y creación de vídeos para plataformas digitales internacionales, copia del vídeo realizado.

A los efectos de la validez probatoria todos los justificantes de gastos (facturas y/o recibos)
deberán cumplir los requisitos legales establecidos en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de
noviembre, por el que aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. La justificación de los gastos también se podrá efectuar mediante facturas electrónicas, siempre que cumplan los requisitos exigidos para su aceptación en el ámbito tributario.
Se admitirán los siguientes documentos acreditativos del pago de los gastos ejecutados:
a) Con carácter general, las facturas o documentos de valor probatorio equivalente deberán abonarse a través de entidad financiera, por lo que los documentos a adjuntar serán
los siguientes:


— Pagos realizados mediante transferencia: justificante de la transferencia desde una
cuenta de titularidad de la entidad beneficiaria.