Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2023063838)
Resolución de 6 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "Mirabe Alimentación, SL".
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NÚMERO 218
Martes 14 de noviembre de 2023



57770

7. L
 a no presentación a la Empresa de los partes de baja, confirmación y alta de incapacidad temporal, en los plazos legalmente establecidos.

Faltas muy graves.
Se consideran como faltas muy graves las siguientes:


1. L
 a ausencia al trabajo sin la debida autorización o causa justificada de más de un día
al mes.

2. El fraude, aceptación de recompensas o favores de cualquier índole, deslealtad o
abuso de confianza en las gestiones encomendadas y el hurto o robo tanto a la empresa como a los compañeros de trabajo o a cualquier otra persona dentro de las
dependencias de la empresa o durante el trabajo en cualquier otro lugar, así como
la apropiación indebida de muestras promocionales o cualquier otro tipo de artículo,
descuento o beneficio destinado a clientes, con independencia de que tenga o no
valor de mercado. Hacer negociaciones de comercio o industria por cuenta propia
o de otra persona, venderse o cobrarse a sí mismo, sin expresa autorización de la
empresa.


3. La simulación de enfermedad o accidente.



4. Simular la presencia de otro trabajador, por cualquier medio de los usuales para verificar la presencia del trabajador en la empresa.



5. Falta de respeto o consideración al público.

6. 
Hacer desaparecer, inutilizar o causar desperfectos en primeras materias, útiles,
herramientas, maquinarias, aparatos, instalaciones, edificios, enseres y documentos
de la empresa.


7. Violar el secreto de la correspondencia o documentos reservados de la empresa o
revelar a elementos extraños a la misma, datos de reserva obligada.



8. La continuada y habitual falta de aseo y limpieza de tal índole que pueda afectar al
proceso productivo e imagen de la empresa.



9. Los malos tratos de palabra u obra, abuso de autoridad, falta de respeto y consideración a los jefes o familiares, así como a los compañeros de trabajo y al público en
general.



10. La embriaguez habitual o toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo.