Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2023063838)
Resolución de 6 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "Mirabe Alimentación, SL".
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NÚMERO 218
Martes 14 de noviembre de 2023

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de accidente a sus compañeros de trabajo, esta falta podrá ser considerada como
grave o muy grave, según los casos.


3) Falta de aseo y limpieza personal cuando sea de tal índole que pueda afectar al proceso productivo e imagen de la empresa.



4) Utilizar los medios de comunicación de la empresa para usos distintos para los que
esté habilitado, incluido el correo electrónico, así como el empleo de teléfonos móviles durante la jornada laboral en contra de las instrucciones de la empresa.



5) C
 omer chicles, u otro alimento. Sólo se podrá beber agua.



6) C
 uando se produzca un descuadre de caja. Por un importe de al menos 2€.



7) N
 o controlar las fechas de caducidad de los productos que sean objeto de contrato.



8) No cobrar en la caja por falta de atención.



9) Si por negligencia o por la mala praxis se rompen productos que no sean recuperables para la posterior venta.



10) Mantener conversaciones no autorizadas con proveedores.

Faltas graves:
Se consideran como faltas graves las siguientes:


1. La suma de faltas de puntualidad en la asistencia al trabajo, cuando exceda de treinta minutos en un mes.



2. Ausencia al trabajo sin la debida autorización o causa justificada, de un día al mes.



3. La desobediencia a las órdenes de los superiores en cualquier materia de trabajo. Si
implicase quebranto manifiesto de la disciplina o de ella se derivase perjuicio para la
empresa, podrá ser considerada como falta muy grave.



4. Realizar, sin el oportuno permiso, trabajos particulares durante la jornada laboral.



5. Facilitar la clave de acceso individual a otra persona, simular la identidad de otro utilizando su clave y la creación de copias de ficheros sin la autorización de la empresa.



6. La reincidencia en falta leve, aunque sea de distinta naturaleza, dentro de un trimestre y habiendo mediado comunicación escrita.