Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023063811)
Resolución de 2 de noviembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura y la Diputación Provincial de Cáceres para la ejecución del Plan de sostenibilidad turística en destino denominado "Grand Tour Territorios Unesco" financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea Next-Generation EU".
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NÚMERO 218
Martes 14 de noviembre de 2023



57702

h. Remitir a la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes cuanta información
fuera necesaria o requerida sobre la gestión, ejecución y control de las actuaciones
realizadas en el marco de este convenio mediante la formalización de los informes
preceptivos, para comprobar la evolución del gasto realizado, el cumplimiento de los
hitos y objetivos marcados y la adecuación de los proyectos del PSTD.



i. Antes del día 5 de cada mes, con carácter obligatorio, la Diputación Provincial trasladará a la Dirección General de Turismo, informe sobre el cumplimiento de los hitos y
objetivos marcados, conforme a los indicadores de seguimiento y evaluación establecidos, a través de la aplicación CoFFEE.



j. Custodiar y conservar toda la documentación original, justificativa de aplicación de
los fondos recibidos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación
y control (en formato electrónico).



k. Guardar los documentos justificativos y demás documentación concerniente a la
financiación, así como los registros y documentos, en formato electrónico, durante
todo el período de ejecución del PSTD y por un período de cinco años más, desde que
se abone la aportación por la Comunidad Autónoma.



l. Mantener una adecuada pista de auditoría de las actuaciones realizadas en el marco
de este convenio y la obligación de mantenimiento de la documentación soporte. El
suministro de la información se realizará en los términos establecidos en las Órdenes
HFP/1030 y HFP/1031.



m. G
 enerar todo el empleo que sea necesario para la realización de las actuaciones
financiables, el cual deberá estar afiliado a la Seguridad Social en el territorio de la
comunidad extremeña. La veracidad de este requisito tendrá que justificarse documentalmente.



n. Devolver a la Junta de Extremadura las cantidades anticipadas, que no se hubieran
utilizado en la ejecución de la actividad o actividades, en los plazos y condiciones
previstos en el presente convenio, de acuerdo con lo establecido en la cláusula Decimoquinta.



o. C
 umplir con las obligaciones de publicidad, medidas de difusión y comunicación, conforme a lo previsto en el artículo 9 de la Orden HF/1030/2021, de 29 de septiembre,
así como con la cláusula Decimotercera de este convenio.